ORDEN FAM/695/2014, de 16 de julio, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado «Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León».
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.
Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, regula los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por Orden de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afecten.
En su virtud y previo informe de la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización de la Consejería de Hacienda sobre las medidas de seguridad que deben cumplir los ficheros,
DISPONGO
La presente orden tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal «Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León» que se describe en el Anexo.
El órgano administrativo responsable del fichero adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.
Las personas afectadas por el fichero automatizado creado pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable del mismo indicado en el Anexo.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 16 de julio de 2014.
La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,
Fdo.: M ilagros M arcos o rtega
ANEXO
NOMBRE DEL FICHERO
Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León.
FINES Y USOS
Registro de los datos de carácter personal de los menores extranjeros que participan en programas de desplazamiento...
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