ORDEN FAM/695/2014, de 16 de julio, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado «Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León».

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Decreto 11/2003, de 23 de enero, regula los ficheros de datos de carácter personal, susceptibles de tratamiento automatizado, de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo, entre otros aspectos, que la creación, modificación o supresión de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se realizará por Orden de la persona titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afecten.

En su virtud y previo informe de la Dirección General de Atención al Ciudadano, Calidad y Modernización de la Consejería de Hacienda sobre las medidas de seguridad que deben cumplir los ficheros,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente orden tiene por objeto la creación del fichero de datos de carácter personal «Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León» que se describe en el Anexo.

Artículo 2 Responsable.

El órgano administrativo responsable del fichero adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la normativa aplicable.

Artículo 3 Personas afectadas.

Las personas afectadas por el fichero automatizado creado pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano administrativo responsable del mismo indicado en el Anexo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 16 de julio de 2014.

La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,

Fdo.: M ilagros M arcos o rtega

ANEXO

NOMBRE DEL FICHERO

Menores extranjeros desplazados temporalmente por razones humanitarias a Castilla y León.

FINES Y USOS

Registro de los datos de carácter personal de los menores extranjeros que participan en programas de desplazamiento...

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