ORDEN AYG/450/2007, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas destinadas a la mejora de las estructuras productivas y de comercializacion de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

opositor. El tiempo mÆximo para la realizaci n de este ejercicio serÆ de 60 minutos.

Este segundo ejercicio se calificarÆ de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un m nimo de cinco puntos.

El Tribunal calificador establecerÆ, para las personas con discapacidad que previamente lo hayan solicitado, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realizaci n de los ejercicios de forma que dispongan de igualdad de oportunidades con los demÆs participantes.

El Tribunal adoptarÆ las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposici n sean corregidos sin que conste ningoen dato de identificaci n personal de los aspirantes.

1.6.b) Fase de concurso.

En la fase de concurso se valorarÆn los mØritos aportados y debidamente acreditados, con arreglo al baremo que se recoge en la base sØptima, punto 7.3 y, en su caso, punto 7.4 de la presente Orden.

Para acceder a la fase de concurso los aspirantes deberÆn superar previamente la fase de oposici n, por lo que s lo se valorarÆn los mØritos de quienes la hubieran superado, referidos al oeltimo d a de plazo de presentaci n de solicitudes, acreditados mediante aportaci n del original o fotocopia compulsada. Dicha documentaci n se presentarÆ en el plazo de 20 d as naturales siguientes al de publicaci n de la relaci n de aspirantes que han superado la fase de oposici n.

En ningoen caso la puntuaci n obtenida en la fase de concurso podrÆ ser aplicada para superar ejercicios de la fase de oposici n.

El Tribunal, que solamente podrÆ valorar la documentaci n debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrÆ requerir cualquier aclaraci n sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrÆ valorarse el mØrito correspondiente. El Tribunal podrÆ asimismo solicitar a los aspirantes copia traducida por traductor jurado de los documentos aportados, cuando estØn redactados en idioma distinto al castellano.

1.7. La realizaci n de las pruebas selectivas deberÆ resolverse en el plazo mÆximo de ocho meses, contados a partir de la publicaci n en el 'Bolet n Oficial de Castilla y Le n' de la presente Orden. Los solicitantes podrÆn entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo mÆximo establecido sin que recaiga resoluci n expresa. No obstante, si surgieran circunstancias imprevistas o la complejidad del proceso as lo aconsejase, el rgano convocante podrÆ autorizar que el desarrollo de las pruebas finalice con posterioridad a la duraci n mÆxima establecida.

1.8. Con carÆcter previo a la realizaci n de los ejercicios, los aspirantes que no posean la nacionalidad espaæola deberÆn acreditar el conocimiento del castellano mediante la realizaci n de una prueba, en la que se comprobarÆ que poseen el nivel adecuado de comprensi n y expresi n oral y escrita en esta lengua exigido para la obtenci n del Diploma de Espaæol como Lengua Extranjera, nivel intermedio o superior, establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, que regula los Diplomas de Espaæol como Lengua Extranjera. La prueba se calificarÆ de apto o no apto, siendo necesaria la valoraci n de apto para pasar a realizar los ejercicios de la fase de oposici n.

EstÆn eximidos de la realizaci n de esta prueba quienes presenten con la solicitud fotocopia compulsada del Diploma de Espaæol como Lengua Extranjera, nivel superior o intermedio, establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o de Certificado de aptitud de espaæol para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o del Certificado que acredite haber superado dicha prueba en los oeltimos cinco aæos al amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administraci n de Castilla y Le n.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realizaci n del presente procedimiento selectivo, los aspirantes deberÆn reunir los requisitos...

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