ORDEN SAN/972/2006, de 9 de junio, por la que se modifica la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN SAN/972/2006, de 9 de junio, por la que se modifica la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.
El Decreto 77/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, faculta, en su Disposición Final Primera, a la Consejera de Sanidad para dictar las normas de desarrollo y ejecución del mismo. Mediante ORDEN SAN/1101/2003, de 28 de agosto, se desarrolla la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Sanidad.
El Decreto 63/2005, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Castilla y León ha supuesto la unificación de las funciones de Protectorado y Registro en la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.
El Decreto 69/2005, de 13 de octubre, por el que se adscriben funcionalmente Centros Directivos a la Vicepresidencia Primera de la Junta de Castilla y León, ha modificado el Decreto 71/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, y residencia las funciones de Protectorado sobre las fundaciones de competencia de la Comunidad y el Registro de Fundaciones en la Dirección General de Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa.
Por ello, tanto como consecuencia del Reglamento de Fundaciones de Castilla y León como por el Decreto 69/2005, se entiende derogada cualquier atribución de funciones que en dichas materias se prevén en el Decreto 77/2003 como en la ORDEN SAN/1101/2003.
Por otro lado, según el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, los órganos y unidades administrativas inferiores a las Secretarías Generales y Direcciones Generales, serán creados, modificados y suprimidos por el titular de la Consejería a través de la correspondiente Orden de estructura orgánica, previo informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y deliberación de la Junta de Castilla y León.
Por todo ello procede adecuar la Orden de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad a esta nueva distribución de funciones.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba