ORDEN EYE/2247/2009, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/1351/2009, de 11 de junio, por la que se aprueba el Plan Estratégico Especial de Subvenciones para la adquisición en Castilla y León de vehículos previstos en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, y de vehículos industriales ligeros

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y EMPLEO ORDEN EYE/2247/2009, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/1351/2009, de 11 de junio, por la que se aprueba el Plan Estratégico Especial de Subvenciones para la adquisición en Castilla y León de vehículos previstos en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, y de vehículos industriales ligeros.

Mediante la Orden EYE/1351/2009, de 11 de junio, se aprobó el Plan Estratégico Especial de Subvenciones para la adquisición en Castilla y León de vehículos previstos en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, y de vehículos industriales ligeros. ('B.O.C. y L.' n.º 122, de 30 de junio).

La evolución de la demanda que se ha generado como consecuencia de la aplicación del Plan en Castilla y León ha puesto de manifiesto que se han superado las previsiones iniciales de dicho Plan. Desde el sector de la distribución de vehículos se reclama la ampliación del mismo para poder atender a los consumidores que en estos momentos se han quedado sin posibilidad de que les sea aplicado el correspondiente descuento.

Simultáneamente han sido detectadas algunas carencias en la actual Orden EYE/1351/2009, de 11 de junio, por lo que procede una modificación de la misma en aras de una mayor operatividad y claridad.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Artículo único. Se modifica la Orden EYE/1351/2009, de 11 de junio, por la que se aprueba el Plan Estratégico Especial de Subvenciones para la adquisición en Castilla y León de vehículos previstos en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, y de vehículos industriales ligeros, que se publicó en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 30 de junio de 2009, en los puntos y con la redacción que se detalla en el Anexo.

Disposición final La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 10 de diciembre de 2009.

El Consejero de Economía y Empleo,

Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ ANEXO OBJETIVOS Y EFECTOS DE LAS SUBVENCIONES.

Se modifican los puntos 1 y 2, que quedan redactados como sigue:

  1. La adquisición de vehículos de las categorías M1 (Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros) y de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 Tn., diseñados y fabricados para el transporte de mercancías), en el marco del Plan 2000E.

    1. En el caso de vehículos de la categoría M1, deberán ser nuevos o usados de hasta cinco años de antigüedad, con los requisitos que se indican a continuación:

      Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr/Km. (Vehículo ecológico), o Emisiones de CO2 no superiores a 149...

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