ORDEN EYE/2053/2007, de 19 de diciembre, por la que se convocan subvenciones, dentro del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2005-2007, destinadas a la mejora de la envolvente térmica de los edificios existentes. (Continúa en Suplemento n.º 1)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

10 Jueves, 27 de diciembre 2007 Suplemento n.º 1 al Núm. 250

ORDEN EYE/2053/2007, de 19 de diciembre, por la que se convocan subvenciones, dentro del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2005-2007, destinadas a la mejora de la envolvente térmica de los edificios existentes.

El Plan de Acción 2005-2007 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, propone un programa de actuaciones específicas que deben establecerse en cada uno de los sectores, entre ellos el doméstico, para lograr mejoras sustanciales en los índices de eficiencia energética del país.

Las reformas importantes de los edificios existentes son una buena oportunidad para tomar medidas eficaces con el fin de aumentar su rendimiento energético, tal y como propone la Directiva 2002/91/CE, de eficiencia energética de los edificios.

De este modo, se consideran actuaciones energéticas sobre la envolvente térmica tanto las soluciones constructivas convencionales como las no convencionales, siempre que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración del edificio.

Por ello, se considera conveniente incorporar un incentivo económico a los particulares, que realicen obras de mejora de la envolvente térmica de sus viviendas, en aras de un mayor ahorro energético global.

Por este motivo, dentro del Convenio firmado entre la Comunidad de Castilla y León y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el plan de acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética, se contempla la medida de Ayudas a la mejora de la envolvente térmica de los edificios existentes.

En concreto, en desarrollo del Convenio de colaboración para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en el ámbito territorial de de Castilla y León, firmado en 2007, ha sido aprobado un Plan de Trabajo, que prevé una aplicación de fondos económicos que ascenderá a 2.378.769 , para destinar tanto a actuaciones directas a desarrollar por la Consejería de Economía y Empleo, a través del EREN, como a convocatorias de ayudas.

La presente convocatoria de subvenciones no altera las condiciones del mercado puesto que los destinatarios de las mismas no desarrollan ningún tipo de actividad económica.

En la presente Orden se cumplen las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Primero. Convocatoria.

Se convoca la concesión de las subvenciones dirigidas a financiar las medidas de mejora de la envolvente térmica de los edificios existentes que se describen en el punto sexto, dentro del Plan de Acción 2005-2007 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, debiéndose resolver las solicitudes por el orden de presentación en función del cumplimiento de los requisitos establecidos.

Segundo. Financiación.

  1. El gasto se financiará con cargo a las aplicaciones y en las cuantías que se indican a continuación, de los presupuestos correspondientes al ejercicio 2008.

    08.04.467B02.780.13: 698.650

    08.04.467B02.760.08: 400.000

  2. La asignación del gasto efectuada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad para el ejercicio 2008.

  3. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008 serán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

    Tercero. Régimen jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba su reglamento, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en el artículo 34 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los Organismos Autónomos y Entes Públicos de Derecho Privado adscritos a ella, modificada por Orden EYE /1787/2007, de 31 de octubre, y en la presente Orden.

    Cuarto. Objeto.

    Las ayudas reguladas en esta Convocatoria tienen por objeto subvencionar la realización de reformas en los edificios existentes, que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración del edificio, mediante actuaciones sobre su envolvente térmica.

    Quinto. Beneficiarios.

  4. Podrán acogerse a las ayudas contempladas en la presente convocatoria, los beneficiarios que se indican a continuación:

    1. Personas físicas.

    2. Comunidades de Propietarios.

    3. Entidades sin ánimo de lucro.

    4. Entidades locales.

  5. Los beneficiarios deberán acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, de conformidad con el Decreto 61/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

    Las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias de las presentes subvenciones, así como las Entidades Locales y el resto de beneficiarios descritos en el punto quinto siempre que reciban una subvención por importe inferior a los 601.01 euros, estarán exentos de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 61/1997, de 20 de marzo.

    De acuerdo con el referido Decreto, cuando los beneficiarios no estén sujetos a las obligaciones tributarias, ni resulten obligados a estar inscritos como empresas en la Seguridad Social, o en alta en el régimen especial correspondiente, no deberán presentar certificado alguno, y bastará su declaración responsable en la que hagan constar tales circunstancias, conforme al modelo que figura en el Anexo II de ese Decreto y que se introduce en el Anexo III de esta convocatoria.

    Con respecto al resto de beneficiarios, la presentación de la solicitud implicará la autorización del solicitante a la Consejería de Economía y Empleo para la obtención de los certificados de estar al corriente de la obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, prevista en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, modificada por Orden EYE/1787/2007, de 31 de octubre. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente este consentimiento, debiendo aportar, en este caso, las correspondientes certificaciones.

  6. Los beneficiarios indicados no deberán tener ánimo de lucro ni podrán desarrollar ningún tipo de actividad económica.

    Sexto. Actuaciones subvencionables.

  7. Serán actuaciones subvencionables:

    1. La mejora o sustitución de la envolvente térmica de las viviendas existentes, siempre que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y/o refrigeración del edificio.

    2. La mejora o sustitución de la envolvente térmica en edificios del sector terciario existentes, siempre que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y/o refrigeración del edificio.

    Las actuaciones energéticas sobre la envolvente térmica podrán contemplar soluciones constructivas convencionales y no convencionales. Se entienden por soluciones constructivas convencionales las utilizadas habitualmente en los edificios para reducir su demanda energética, como por ejemplo...

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