DECRETO 226/1995, de 2 de noviembre, por el que se establece el calendario de fiestas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1996.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 226/1995, de 2 de noviembre, por el que se establece el calendario de fiestas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1996.

Con el fin de adecuar las fiestas laborales a las necesidades del sistema productivo y a las demandas sociales, en un marco de respeto a las fiestas tradicionales de esta Comunidad, y haciendo uso de las atribuciones concedidas por el art. 37.2 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 45.3 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, en su redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.

A propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León celebrada el día 2 de noviembre de 1995

DISPONGO:

Artículo único 1

Las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León para 1996, serán las siguientes:

Día 1 de enero, Año Nuevo.

Día 6 de enero, Epifanía del Señor.

Día 19 de marzo, San José.

Día 4 de abril, Jueves Santo.

Día 5 de abril, Viernes Santo.

Día 23 de abril, Fiesta de la Comunidad de Castilla y León.

Día 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

Día 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

Día 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

Día 1 de noviembre, Todos los Santos.

Día 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

Día 25 de diciembre, Natividad del Señor.

  1. Tales fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que habrán de determinarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del...

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