ORDEN PAT/100/2005, de 10 de enero, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos vacantes reservados al personal funcionario de los Grupos A y B, de los siguientes cuerpos y escalas: Superior de la Administración, Superior de la Administración Escala Económico-Financiera, Gestión de la Administración y Gestión de...

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/100/2005, de 10 de enero, por la que se resuelve el concurso específico para la provisión de puestos vacantes reservados al personal funcionario de los Grupos A y B, de los siguientes cuerpos y escalas: Superior de la Administración, Superior de la Administración Escala Económico-Financiera, Gestión de la Administración y Gestión de la Administración Escala Económico-Financiera y Cuerpo Facultativo Superior (Arquitectos) en la Consejería de Educación.

Por Orden PAT/1341/2004, de 4 de agosto, fue convocado un concurso específico para la provisión de los puestos de trabajo vacantes reservados a los Grupos citados en el epígrafe.

Finalizado el procedimiento y vista la propuesta de resolución de la comisión de valoración, procede publicar la resolución de dicho concurso.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la base décima de la convocatoria, esta Consejería,

RESUELVE:

Primero.­ Adjudicar los puestos de trabajo contenidos en el Anexo a la presente Orden, resolviendo el concurso convocado por Orden PAT/1341/2004, de 4 de agosto.

Segundo.­ Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, y, en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo, serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública, en cuyo caso, el concursante estará obligado a comunicar por escrito la renuncia al puesto adjudicado, con indicación de la Consejería, o, en su caso, Departamento en que hubieran obtenido el otro destino, así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.

Tercero.­ La toma de posesión del nuevo destino obtenido deberá efectuarse al día siguiente hábil al del cese, si dicho destino radica en la misma

localidad, y en el plazo de diez días hábiles siguientes al del cese, si radica en localidad distinta.

Dichos plazos comenzarán a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes a la publicación de esta Orden en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'. Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde el día siguiente al de la publicación de dicha Resolución.

El cómputo de los plazos se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, estén disfrutando los interesados, salvo en el supuesto de que el puesto en que deba cesar haya sido...

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