Decreto 62/2003, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Plan Especial del Sistema General Aeroportuario de Burgos.

SecciónI - Disposiciones Generales del Estado
Rango de LeyDecreto

DECRETO 62/2003, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Plan Espe cial del Sistema General Aeroportuario de Burgos.

I

Por Orden del Ministerio de Fomento de 18 de julio de 2001 (publicada en el 'B.O.E.' n.º 183 de 1 de agosto de 2001), se aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Burgos.

Su ap robación se produce en cumplimiento de lo dispuesto en el a rtículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social, desarrollada posteriormente a través del Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, donde se establece la necesidad de que el Aeropuerto y su zona de servicio sean ordenados mediante un Plan Director.

Dicho Real Decreto asimismo dispone en su artículo 8 que el Sistema General Aeroportuario se desarrollará a través de un Plan Especial cuyo objeto será la ordenación urbanística y territorial del Aeropuerto de Burgos, como elemento fundamental de la estructura del territorio y como pieza del sistema general de comunicaciones.

Por su parte el artículo 55.3 de la Ley 5/1999, de 8 de ab ri l , de Urbanismo de Castilla y León, que regula la ap robación del planeamiento de desarro l l o , e s t ablece en su ap a rtado b) que los Planes Especiales que afecten a va rios términos mu n i c i p a l e s , s eguirán el procedimiento previsto en la legislación de O rdenación del Te rri t o rio para la ap robación de los Planes Regi o n al e s .

El ámbito del Sistema General Aeroportuario afecta a dos términos municipales: Burgos ­junto al núcleo de Villafría­ y Orbaneja-Riopico.

Es por tanto el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembr e, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, según lo señalado anteriormente, el que será de aplicación para la elaboración y aprobación de este Plan Especial.

II

La elaboración del Plan Especial se justifica desde el punto de vista de interés público, por la necesidad de ampliar la capacidad operativa del Aeropuerto de Burgos; lo que conlleva a su vez la necesidad de garantizar su adecuada integración como pieza esencial de la estructura general y orgánica del territorio.

Con la actual configuración de sus infraestructuras, tanto las destinadas al movimiento de aeronaves como las dedicadas a las propias actividades aeroportuarias, la capacidad operativa del Aeropuerto de Burgos resultaría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR