ORDEN MAM/2125/2006, de 28 de diciembre, por la que declara Zona Natural de Esparcimiento «El Monte de Miranda», término municipal de Miranda de Ebro, en la provincia de Burgos.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/2125/2006, de 28 de diciembre, por la que declara Zona Natural de Esparcimiento 'El Monte de Miranda', término municipal de Miranda de Ebro, en la provincia de Burgos.

La Ley 8/1991, de 10 de mayo, de Espacios Naturales de la Comunidad de Castilla y León, formula en su artículo 2 la Red de Espacios Naturales Protegidos, que estará integrada por los Espacios Naturales Protegidos y por las Zonas Naturales de Interés Especial.

El artículo 44, apartado 2 de la Ley 8/1991, considera como Zonas Naturales de Interés Especial, las siguientes:

Los Montes Catalogados como de Utilidad Pública.

Los Montes o terrenos relacionados como Protectores.

Las Zonas Húmedas Catalogadas.

Los Hábitat naturales y seminaturales incluidos en el Inventario de Hábitat de Protección Especial.

Las Vías Pecuarias declaradas de Interés Especial.

Las Zonas Naturales de Esparcimiento.

Las Riberas Catalogadas.

En el artículo 53 de la citada Ley, se establece que se podrán declarar Zonas Naturales de Esparcimiento aquellas áreas de ambiente natural de fácil acceso desde grandes núcleos urbanos con la finalidad de proporcionar a su población lugares de descanso, recreo y esparcimiento de un modo compatible con la conservación de la naturaleza, y ser un elemento disuasorio que evite la gran afluencia de visitantes a espacios naturales más frágiles.

Por Orden MAM/808/2006, de 8 de mayo, se inició el procedimiento de declaración de El Monte de Miranda, término municipal de Miranda de Ebro en la provincia de Burgos, como Zona Natural de Esparcimiento.

En cumplimiento del artículo 53.2 de la Ley 8/1991, mediante Resolución de 21 de septiembre de 2006, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 193, de 5 de octubre de 2006, la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, acordó abrir un período de información pública y audiencia de los interesados durante un plazo de treinta días.

Los terrenos que se declaran como Zona Natural de Esparcimiento corresponden a 1.474, 58 hectáreas, de superficie pública del monte número 603 'El Monte' del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Burgos y cumplen con todos los requisitos necesarios para su declaración como Zona Natural de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR