ORDEN FOM/1856/2009, de 21 de agosto, de corrección del error en el artículo 410 de la Normativa de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Medina del Campo, aprobada definitivamente de forma parcial por Orden FOM/1408/2008, de 30 de julio

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

modifica la Resolución de 7 de julio de 2009 ('B.O.C. y L.' n.º 144, de 30 de julio de 2009), establece que las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en el presente programa, son los aprobados en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009 y los que a tal efecto se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales para el año 2010. Se regula a su vez que excepcionalmente, con carácter previo a la resolución de concesión y cuando resulte necesario para cubrir los objetivos previstos en la convocatoria de esta subvención, a esta financiación podrá añadirse una cuantía adicional máxima del 50% de la establecida en la resolución de convocatoria. Se hace necesario modificar este resuelvo incrementando los créditos asignados para la financiación de este Programa como consecuencia de la ampliación de la cofinanciación por parte del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

En consecuencia, teniendo en cuenta las normas de carácter general y económico aplicables a este régimen de subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León RESUELVO Primero. Modificar el resuelvo tercero de la Resolución de 7 de julio de 2009, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones para el año 2009 en el Programa de Orientación, Formación e Inserción Profesional dirigido a inmigrantes, que queda redactado en los siguientes términos:

'Tercero. Aplicaciones presupuestarias.

Las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en el presente programa, son los aprobados en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009 y los que a tal efecto se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales para el año 2010. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

2009 08.23.241B02.7800A 1.393.650

2010 08.23.241B02.7800A 464.551

Excepcionalmente, con carácter previo a la resolución de concesión y cuando resulte necesario para cubrir los objetivos previstos en la convocatoria de esta subvención, a esta financiación podrá añadirse una cuantía adicional máxima del 50% de la establecida en esta resolución de convocatoria, conforme a lo regulado en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

En el marco del convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la Comunidad de Castilla y León para el desarrollo de las actuaciones conjuntas destinadas a promover la acogida, la integración y el refuerzo educativo de las personas inmigrantes, estas acciones son cofinanciadas por el Estado a través del Ministerio de Trabajo e Inmigración.' Segundo. La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses computado desde el día siguiente a su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', en virtud de lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 16 de septiembre de 2009.

El Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León,

Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ CONSEJERÍA DE FOMENTO ORDEN FOM/1856/2009, de 21 de agosto, de corrección del...

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