Orden AYG/724/2003 de 15 de abril, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León la gestión de determinadas actuaciones.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/724/2003 de 15 de abril, por la que se encomienda al Ins tituto Tecnológico Agrario de Castilla y León la gestión de determi nadas actuaciones.

En cumplimento del artículo 24 del Decreto 121/2002, de 7 de nov i e mb re, por el que se ap ru eba el Reglamento del Instituto Te c n o l ó gico A gra ri o de Castilla y León, d e n t ro de los cuat ro pri m e ros meses de cada año, la Con

sejería de A gri c u l t u ra y Ganadería, remitirá al Instituto Te c n o l ó gico A gra ri o de Castilla y León (en adelante Instituto) el documento que contenga las encomiendas de gestión a llevar a cabo en el ejercicio siguiente, re l a c i o n a d a s con las funciones que el artículo 2 de la Ley 7/2002 at ri bu ye al mismo.

La creación del Instituto mediante la Ley anteri o rmente citada y su desarrollo con el Reglamento corre s p o n d i e n t e, se completó con el nombra m i e n t o del Director General por acuerdo de la Junta de Castilla y León de 12 de diciembre de 2002, publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' el 16 de diciembre de 2002. No obstante, la Disposición Final Primera del Decreto 121/2002 establece que el Instituto comenzará su funcionamiento e fe c t ivo en la fe cha en que se constituya el Consejo, constituyéndose de modo e fe c t ivo en la pri m e ra sesión que se celeb re. La pri m e ra sesión y, por tanto, l a constitución del Consejo, se produjo con fe cha 27 de enero de 2003.

Estas circunstancias han originado que para el año 2003 no se haya elaborado un documento de encomiendas de gestión, aunque sí existe presupuesto asignado al Instituto que ha sido aprobado por la Ley 22/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2003. Es por tanto necesario que en este documento se incluyan, de forma excepcional, tanto las actuaciones que se le van a encomendar al Instituto con cargo al presupuesto del 2003, como las que realmente son objeto de éste en virtud del artículo 24 anteriormente c i t a d o , que son las correspondientes al ejercicio 2004. A d e m á s , no hay que olvidar el carácter pluri a nual de la mayor parte de las actuaciones.

En virtud de todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO:

P ri m e ro. Encomendar al Instituto Te c n o l ó gico A gra rio de Castilla y León:

1) La gestión de las actuaciones en...

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