ORDEN AYG/2027/2007, de 20 de septiembre, por la que se declara oficialmente la existencia de encefalopatía espongiforme bovina en la provincia de Burgos y se establecen medidas para su control y erradicación.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

cido en la Ley 4/2005, de 23 de mayo de modificación de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León).

Tercero. Por la Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural se dictarán las normas para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos.

Valladolid, 15 de noviembre de 2007.

La Consejera de Agricultura y Ganadería,

Fdo.: SILVIA CLEMENTE MUNICIO ORDEN AYG/2027/2007, de 20 de septiembre, por la que se declara oficialmente la existencia de encefalopatía espongiforme bovina en la provincia de Burgos y se establecen medidas para su control y erradicación.

Ante la aparición de encefalopatía espongiforme bovina en una nueva explotación de ganado bovino situada en el municipio de Valle de Mena, procede establecer medidas para el control y erradicación de dicha enfermedad.

Con el fin de evitar los riesgos que esta enfermedad comporta para la salud humana y garantizar a la población una seguridad alimentaria, además de las repercusiones que puede tener la difusión de esta enfermedad para el sector bovino de Castilla y León y de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo), Decreto 266/1998, de 17 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal ('B.O.C. y L'. n.º 243, de 21 de diciembre), Real Decreto 2459/1996, de 2 de octubre ('B.O.E.' n.º 3, de 3 de enero de 1997), por el que se establece la lista de enfermedades de animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación, y Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales ('B.O.E.' n.º 307, de 23 de diciembre).

Visto el informe de la Dirección General de Producción Agropecuaria,

RESUELVO:

Declarar oficialmente la presencia de encefalopatía espongiforme bovina en la explotación de ganado bovino situada en el municipio de Valle de Mena, de la provincia de Burgos.

Ordenar el aislamiento e inmovilización de los rumiantes de la explotación a la que pertenece el bovino afectado, así como el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes...

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