Orden AYG/544/2003, de 21 de abril, por la que se declara oficialmente la existencia de encefalopatía espongiforme bovina en la provincia de Valladolid y se establecen medidas para su control y erradicación.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/544/2003, de 21 de abril,por la que se declara oficialmen te la existencia de encefalopatía espongiforme bovina en la provincia de Valladolid y se establecen medidas para su control y erradicación.

Ante la aparición de encefalopatía espongiforme bovina en una nueva explotación de ganado bovino situada en el municipio de VILLARDEFRADES, procede esta blecer medidas para el control y erradicación de dicha enfermedad.

Con el fin de evitar los ri e s gos que esta enfe rmedad comporta para la salud humana y ga rantizar a la población una seg u ridad alimentari a , además de las rep e rcusiones que puede tener la difusión de esta enfe rmedad para el sector b ovino de Castilla y León y de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/1994, de 19 de mayo , de Sanidad Animal de Castilla y León ('B. O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo ) ,D e c reto 266/1998, de 17 de diciembre por el que se ap ru eb a el Reglamento General de Sanidad Animal ('B. O.C. y L'. n.º 243, de 21 de d i c i e m b re ) , Real Decreto 2459/1996, de 2 de octubre ('B. O.E.' n.º 3, de 3 de e n e ro de 1997), por el que se establece la lista de enfe rmedades de animales de decl a ración obl i gat o ria y se da la norm at iva para su notifi c a c i ó n , y Real D e c reto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefa l o p atías espongi fo rmes tra n s m i s i bles de los animales ('B. O.E.' n.º 307, de 23 de diciembre ) .

Visto el info rme de la Dirección General de Producción A gro p e c u a ri a ,

DISPONGO:

A rtículo 1.º Se decl a ra oficialmente la presencia de encefa l o p at í a espongiforme bovina en la explotación de ganado bovino situada en el municipio de VILLARDEFRADES de la provincia de VALLADOLID.

Artículo 2 º Se ordena el aislamiento e inmovilización de los rumiantes de la explotación a la que pertenece el bovino afectado, así como el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de...

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