Orden HAC/921/2003, de 15 de julio, por la que se dictan las Normas para la elaboración de los Programas de Actuación, Inversiones y Financiación (PAIF) de las Empresas Públicas, Fundaciones Públicas, y Entes Públicos de Derecho Privado de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al año 2004. (Continúa en Suplemento).

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

2 Miércoles, 16 de julio 2003 Suplemento al N.º 136

CONSEJERÍA DE HACIENDA

ORDEN HAC / 9 2 1 / 2 0 0 3 , de 15 de julio, por la que se dictan las Normas para la elab o ración de los Programas de A c t u a c i ó n , I nve rsiones y Fi n a n c i a ción (PAIF) de las Empresas Públicas, Fundaciones Públicas, y Entes Públicos de Derecho Privado de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al año 2004.

La Ley 7/1986, de 23 de diciembre de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, e s t ablece en su Título IV, C apítulo II, Sección 2.', el régi m e n p re s u p u e s t a rio de los Entes Públicos de Dere cho Privado y de las Empre s a s P ú blicas. A s i m i s m o , el A rt. 17 incl u ye a las Fundaciones Públicas de la C o munidad en el mismo régimen pre s u p u e s t a rio y de control fi n a n c i e ro que las Empresas Públicas. En su A rt. 126 establece que todas estas entidades elab o rarán anualmente un Programa de A c t u a c i ó n , I nve rsiones y Financiación y d e t e rmina su contenido. El A rt. 128 señala que la estru c t u ra de estos programas se establecerá por la Consejería de Economía y Hacienda. En este sentid o , se dictó la Orden de 31 de mayo de 1994 ('B. O.C. y L.' n.º 114 y n.º 123) que establece la estru c t u ra y contenido de estos progra m a s .

A la vista de todo ello y en virtud de las facultades atribuidas por los artículos 26 y 128 de la Ley 7/1986, se ap ru eban las siguientes normas para la elab o ración de los Programas de A c t u a c i ó n , I nve rsiones y Financiación de las Empresas Públ i c a s , Fundaciones Públicas y Entes Públicos de Dere ch o P rivado de la Comunidad de Castilla y León, c o rrespondientes al año 2004.

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente Orden será de aplicación a todas las Empresas Públicas de la Comunidad, previstas en el artículo 92 de la Ley 3/2001, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como a las Fundaciones Públicas y los Entes Públicos de Derecho Privado cuya estructura presupuestaria se adapte a la de las Empresas Públicas.

Para los Entes Públicos de Derecho Privado cuyos presupuestos presenten características análogas a las...

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