Orden EDU/1498/2003, de 18 de noviembre, por la que se efectúa convocatoria pública para la selección de los centros de enseñanza no universitaria que participarán en el programa «Aulas Activas», durante el año 2004.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1498/2003, de 18 de noviembre, por la que se efectúa con vocatoria pública para la selección de los centros de enseñanza no universitaria que participarán en el programa 'Aulas Activas', durante el año 2004.

La Consejería de Educación tiene entre sus objetivos ofrecer al mundo educativo una serie de actividades y programas dirigidos a ampliar los conocimientos que de nuestra región poseen los alumnos, redundando así en la mejora de la calidad de la enseñanza en nuestra Comunidad.

Para lograr estos objetivos, se pone en funcionamiento el programa 'Aulas Activas', dirigido a los alumnos de centros de enseñanza no universitaria de Castilla y León, con el fin de que adquieran conocimientos en un ámbito natural y sociocultural distinto del medio en el que habitualmente residen.

Con el fin de seleccionar a los centros de enseñanza no universitaria que van a participar en dichas Aulas Activas en el año 2004, se acuerda efectuar convocatoria pública con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de los centros de enseñanza no universitaria de Castilla y León que participarán, en el año 2004, en el programa 'Aulas Activas'.

1.2. La finalidad de este programa es la realización de actividades encaminadas al conocimiento del medio natural y el patrimonio histórico y cultural de Castilla y León.

1.3. Las actividades se desarrollarán en las Aulas Activas que se relacionan en el Anexo I de esta Orden.

Segunda. Beneficiarios.

Podrán participar en las Aulas Activas los centros de enseñanza no universitaria de Castilla y León, públicos o privados, mediante grupos de alumnos que cursen, en régimen ordinario, estudios de 5.º ó 6.º de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.

Tercera. Características de las Aulas Activas.

3.1. Las actividades se desarrollarán en turnos semanales durante primavera y otoño, conforme lo establecido en el Anexo II de la presente Orden.

3.2. Las Aulas Activas serán atendidas por personal técnico especialista contratado por la Consejería de Educación. Estarán dotadas del material necesario para la realización de las actividades.

Cuarta. Composición de los grupos.

4.1. Los grupos estarán integrados por un máximo de 40 alumnos. Si un centro no alcanzara el número máximo de alumnos, podrá presentar su solicitud conjuntamente con otro centro, hasta alcanzar dicho máximo.

En casos excepcionales y cuando las características del albergue o los medios materiales lo permitan, se...

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