ORDEN FAM/295/2007, de 16 de febrero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades Locales con menos de 20.000 habitantes integradas en la Red de Información Juvenil, destinadas a financiar programas de actividades y la adquisición de equipamiento de sus ...

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/295/2007, de 16 de febrero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades Locales con menos de 20.000 habitantes integradas en la Red de Información Juvenil, destinadas a financiar programas de actividades y la adquisición de equipamiento de sus Centros de Información Juvenil, para el año 2007.

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, dentro de su programa de actuación, pretende favorecer al máximo la prestación de los Servicios de Información Juvenil, dada la importancia que tienen y deben tener para los jóvenes contribuyendo a una mejor integración en la vida social, laboral, cultural, de ocio, etc. de nuestra Comunidad.

Esta Consejería, consciente de la labor que pueden desarrollar las iniciativas de Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes a través de los Centros de Información Juvenil, quiere apoyar su iniciativa reconociendo la importancia de la labor que cotidianamente desarrollan y animando a su continuidad.

De acuerdo con lo establecido en el Art. 76.1 de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, los programas realizados por Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro, que forman parte de las redes de información Juvenil a que hace referencia el Título III, contarán con líneas específicas de ayuda por parte de la Junta de Castilla y León.

Asimismo se potenciará mediante este tipo de ayudas económicas a los Servicios de Información Juvenil de Castilla y León que tienen por finalidad, de acuerdo con lo establecido en el Art. 21.1 del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil de Castilla y León, el proporcionar a los jóvenes información, orientación y asesoramiento para facilitar la toma de decisiones en la vida del joven y posibilitar que éste sea ciudadano activo de la sociedad.

Por otra parte, el Decreto 100/2004, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el II Plan General de Juventud de la Comunidad de Castilla y León, establece como contenido operativo del área de promoción juvenil el programa de información juvenil previendo la convocatoria de ayudas y subvenciones a los Servicios de Información Juvenil.

Mediante Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre, se han establecido las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, previendo su ulterior desarrollo a través de las respectivas convocatorias públicas efectuadas por la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, todo ello en aplicación del régimen jurídico de las subvenciones públicas previsto por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en la Orden FAM/1640/2005, de 9 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones, y en virtud de las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se convoca concurso público para la concesión de subvenciones con arreglo a las siguientes,

BASES:

Primera. Objeto.

  1. Mediante la presente Orden se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los Centros de Información Juvenil dependientes de Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entidades locales de menos de 20.000 habitantes para el año 2007.

  2. Será objeto de subvención:

    · la realización de programas de actividades, en especial la divulgación de información de interés para los jóvenes, la formación en técnicas y herramientas para aproximar la información a los jóvenes, la orientación, el asesoramiento a los jóvenes y su participación en los procesos de construcción y divulgación de información juvenil.

    · la adquisición de equipamiento y material, destinado específicamente a la Información Juvenil.

  3. No serán objeto de subvención las actividades culturales y turísticas, ni los viajes desprovistos de interés, desde el punto de vista de la información juvenil, así como la adquisición de equipamiento que no se destine, específicamente, a dichas funciones de información juvenil.

    Segunda. Dotación Presupuestaria.

  4. La cuantía global máxima de las subvenciones destinadas a financiar programas de actividades para Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro será de cincuenta y cinco mil euros (55.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 09.04.232A02.48017, de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2007.

  5. La cuantía global máxima de las subvenciones destinadas a financiar la realización-programación de actividades para Corporaciones Locales de menos de 20.000 habitantes será de cinco mil euros (5.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria 09.04.232A02.46026, de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2007.

  6. La cuantía global máxima de las subvenciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR