Orden MAM/657/2003, de 7 de mayo, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.
Sección | III - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN MAM/657/2003, de 7 de mayo, por la que se efectúa convocato ria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por DecretoLegislativo 1/1990 de 25 de octubre, así como en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de Castilla y León, al tener esta Consejería puestos vacantes adscritos a func i o n a rios cuya cobert u ra resulta necesaria y urge n t e, y vista la autori z a c i ó n conjunta de las Consejerías de presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Economía y Hacienda, p rocede efectuar la presente convo c at o ria para cubri r las plazas que se indican y conforme a las siguientes bases.
BASES:
Prim e ra. C o nvocar públicamente la cobert u ra de plazas para pers o n a l i n t e rino con las características y requisitos que se señalan en el A n exo I de esta Ord e n .
S egunda. Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso d eberán reunir los requisitos que se señalan en el A n exo I, d eberán diri gir sus i n s t a n c i a s , s egún el modelo del Anexo II de esta Orden, a la Excma. Sra.
Consejera de Medio Ambiente en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.
Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Info rmación y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los luga res a que hace re fe rencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las A d m in i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común.
No deberán aportar junto a las instancias, los documentos acreditati vos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.
Te rc e ra. Los candidatos deberán re u n i r, además de los requisitos citados, los siguientes:
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Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la C.E.
-
Tener cumplidos los 18 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
-
No...
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