Orden MAM/657/2003, de 7 de mayo, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/657/2003, de 7 de mayo, por la que se efectúa convocato ria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por DecretoLegislativo 1/1990 de 25 de octubre, así como en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de Castilla y León, al tener esta Consejería puestos vacantes adscritos a func i o n a rios cuya cobert u ra resulta necesaria y urge n t e, y vista la autori z a c i ó n conjunta de las Consejerías de presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Economía y Hacienda, p rocede efectuar la presente convo c at o ria para cubri r las plazas que se indican y conforme a las siguientes bases.

BASES:

Prim e ra. C o nvocar públicamente la cobert u ra de plazas para pers o n a l i n t e rino con las características y requisitos que se señalan en el A n exo I de esta Ord e n .

S egunda. Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso d eberán reunir los requisitos que se señalan en el A n exo I, d eberán diri gir sus i n s t a n c i a s , s egún el modelo del Anexo II de esta Orden, a la Excma. Sra.

Consejera de Medio Ambiente en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Info rmación y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o en los luga res a que hace re fe rencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las A d m in i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivo Común.

No deberán aportar junto a las instancias, los documentos acreditati vos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación por la Comisión de Selección conforme se establece en la base cuarta.

Te rc e ra. Los candidatos deberán re u n i r, además de los requisitos citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la C.E.

  2. Tener cumplidos los 18 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

  3. No...

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