ORDEN IYJ/105/2009, de 23 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas para inversiones complementarias de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, con cargo al Fondo de Cooperación Local para 2009 (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN IYJ/105/2009, de 23 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de ayudas para inversiones complementarias de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, con cargo al Fondo de Cooperación Local para 2009.

La Junta de Castilla y León, en su reunión de 3 de noviembre de 2005, aprobó el Pacto Local, que contiene una serie de compromisos y medidas, cuyo objetivo último es la defensa del papel que los Municipios han de cumplir en la satisfacción de las demandas de servicios de sus vecinos.

Ello supone un mayor esfuerzo presupuestario para la Cooperación Económica con las entidades locales, especialmente privilegiando como beneficiarios a los municipios de menos de mil habitantes, que así podrán concurrir a estas ayudas entre ellos en situación de mayor igualdad.

El Fondo de Cooperación Local, que forma parte de la Cooperación Económica Local General junto con el Fondo de Apoyo Municipal y los créditos del Pacto Local de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, es un instrumento más de cooperación económica de la Comunidad de Castilla y León con las Entidades Locales de su territorio, para la financiación de los servicios que estas prestan a sus ciudadanos.

Dentro de la estructura de la Cooperación Económica Local General se incluye la línea del Fondo de Cooperación Local para inversiones complementarias de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León, destinada a financiar proyectos que no tengan cabida en las líneas ordinarias de cooperación.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo 5 y 25 del Decreto 53/2002, de 4 de abril, regulador del Fondo de Cooperación Local de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero.

  1. Se convocan ayudas con destino a inversiones complementarias de las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León con cargo al Fondo de Cooperación Local del año 2009, de acuerdo con el régimen establecido en la presente Orden.

  2. El límite máximo de concesión de ayudas para la presente convocatoria será de SIETE MILLONES DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS UN euros (7.016.801 ).

    Segundo.

  3. Podrán solicitar las ayudas para inversiones complementarias todas las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León.

  4. En el supuesto de inversiones en obras y servicios de Entidades Locales Menores, las solicitudes las habrá de formular el Ayuntamiento del Municipio a que pertenezcan, que asimismo será el beneficiario de la ayuda. Conforme a las normas de la Ley de Régimen Local de Castilla y León, el Ayuntamiento podrá delegar en la Entidad Local Menor la ejecución de la inversión.

    Tercero.

  5. Las ayudas se destinarán a financiar la ejecución de los proyectos de inversión para la implantación de nuevos servicios o la mejora y ampliación de los existentes que se contraten dentro del ejercicio 2009 con excepción de los proyectos plurianuales a que se refiere el artículo 8 del Decreto 53/2002, de 4 de abril y siempre que sean de la competencia de la Entidad Local solicitante. Las inversiones que se refieran a obras o equipamientos, se han de realizar en terrenos o...

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