ORDEN PAT/791/2007, de 26 de abril, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Entidades Locales y Entidades Privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos que apoyen la integración socio laboral del colectivo inmigrante en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/791/2007, de 26 de abril, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Entidades Locales y Entidades Privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos que apoyen la integración socio laboral del colectivo inmigrante en la Comunidad de Castilla y León.

La integración socio laboral del colectivo inmigrante en la Comunidad Autónoma ha suscitado el debate acerca del nivel de intervención en los diferentes proyectos que impulsen tal objetivo. El grado de compromiso alcanzado por la Administración Autonómica es muy alto, como así se muestra con el desarrollo de las variadas medidas del Plan Integral de Inmigración 2005/2009. Sin embargo numerosos estudios y la misma práctica vienen demostrando que el desarrollo de acciones desde estructuras más cercanas a este colectivo inmigrante garantiza una mejor consecución de las acciones y la sostenibilidad de las mismas a largo plazo.

La Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en consonancia con los principios de la política migratoria y como fiel reflejo de las tendencias de ésta en el ámbito de otras Comunidades Autónomas y de la Unión Europea apoya el desarrollo de proyectos que impulsen la integración en aras a una mayor corresponsabilidad social, que el inmigrante se convierta en ciudadano mejor preparado y capaz de contribuir a esta sociedad. Se pretende una mayor responsabilidad compartida entre todos los agentes cercanos a lograr tal fin, como son las Entidades Locales y aquellas Entidades Privadas sin ánimo de lucro que trabajan en y para el colectivo inmigrante.

Mediante Orden 638/2007, 30 de marzo, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de inmigración, procediendo ahora realizar su convocatoria para el año 2007.

En consecuencia, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Primero. Objeto de la Convocatoria.

La presente Orden, dictada de conformidad con la Orden 638/2007, de 30 de marzo, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de inmigración, tiene por objeto convocar ayudas, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a Entidades Locales y por Entidades Privadas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de proyectos destinados a facilitar la integración socio laboral del colectivo inmigrante en la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. Dotación Presupuestaria.

  1. La cuantía global máxima de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de Entidades Locales será de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (450.000 ), distribuidos en los siguientes conceptos: DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 ) destinados al área de acogida, y DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (250.000 ) destinados al área de educación. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.921A03.46069 de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2007.

  2. La cuantía global máxima de las subvenciones destinadas a financiar proyectos de Entidades privadas sin ánimo de lucro será de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000 ), distribuidos en los siguientes conceptos: CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 ) destinados al área de acogida, y DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 ) destinados al área de educación. Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 01. 09.921A03.4802V de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2007.

  3. Esta convocatoria está sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones contraídas.

    Tercero. Cuantía máxima de la subvención.

  4. El importe máximo de la subvención a conceder para financiar los proyectos no podrá ser superior al importe del proyecto subvencionado.

  5. La cuantía económica de la subvención se concederá en función de la puntuación obtenida según los criterios de valoración.

  6. En caso de no existir crédito suficiente, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuarto. Beneficiarios.

    Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades Locales y las Entidades Privadas sin ánimo de lucro que desarrollen en la Comunidad actividades relacionadas con la integración del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR