ORDEN MAM/411/2011, de 23 de marzo, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental del Plan de Gestión de Lodos de las depuradoras de aguas residuales urbanas de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León, promovido por la Diputación Provincial de León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

La Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, transpuesta al derecho español mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, establece la obligatoriedad de someter a evaluación ambiental los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El Plan de Gestión de Lodos es el de lograr una gestión sostenible de este tipo de residuos en la provincia de León. Se encuentra enmarcado dentro del Programa de Gestión de lodos de estaciones de depuración de aguas residuales urbanas y de compost de centros de tratamiento de residuos urbanos aprobado por Orden MAM/1711/2009, de 27 de julio 2007.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 9/2006, la Consejería de Medio Ambiente, en calidad de órgano promotor, elaboró la documentación correspondiente a fin de iniciar el procedimiento de evaluación ambiental. En cumplimiento con lo establecido por el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006 la documentación recibida se remitió el 12 de enero de 2011 a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales, notificándose la iniciación del procedimiento y solicitando las consideraciones oportunas relativas al Informe de Sostenibilidad Ambiental que estarán contenidas en el Documento de Referencia.

Por todo lo anterior,

RESUELVO

Aprobar el Documento de Referencia para la elaboración del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan de Gestión de Lodos de las depuradoras de aguas residuales urbanas de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León, que se adjunta como Anexo a esta resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, esta resolución se comunicará al órgano promotor y se hará pública a través del «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 23 de marzo de 2011.

La Consejera,

Fdo.: M aría J esús r uiz r uiz

ANEXO QUE SE CITA

DOCUMENTO DE REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PLAN DE GESTIÓN DE LODOS DE LAS DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES

URBANAS DE LOS MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE LEÓN, PROMOVIDO POR LA DIPUTACIÓN

PROVINCIAL DE LEÓN

La Evaluación Ambiental Estratégica (E.A.E.) es el instrumento de prevención encaminado a integrar los aspectos ambientales dentro de la fase de toma de decisiones de planes y programas públicos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El procedimiento de evaluación ambiental establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incluye un Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), definido en los artículos 2.e) y 8 como un documento a elaborar por el órgano promotor, que formará parte del citado Plan, y que tiene por objeto identificar, describir y evaluar los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan derivarse de su aplicación, así como unas alternativas razonables y técnica y ambientalmente viables. A la vista del Documento de Iniciación presentado por el órgano promotor, el artículo 19 de la Ley 9/2006 encomienda al órgano ambiental la elaboración y tramitación de un Documento de Referencia que establezca la amplitud, nivel de detalle y el grado de especificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan.

  1. - RESULTADO DE LAS CONSULTAS PREVIAS A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y AL PÚBLICO INTERESADO.

    Según lo dispuesto en el artículo 19.1.a) de la Ley 9/2006, previamente a la elaboración del Documento de Referencia, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y público interesado a fin de que realizasen aquellas sugerencias que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta inicial del Plan de gestión de Lodos de las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas de los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León y de su Informe de Sostenibilidad Ambiental. A este respecto, el Documento de Iniciación fue remitido a:

    - Dirección General de Medio Natural.

    - Dirección General de Infraestructuras Ambientales.

    - Consejería de Cultura y Turismo.

    - Consejería de Economía y Empleo.

    - Consejería de Fomento.

    - Servicio Territorial de Medio Ambiente de León.

    - Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León.

    - Confederación Hidrográfica del Duero.

    - Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

    - Delegación del Gobierno en Castilla y León.

    - Universidad de León.

    - Ecologistas en Acción en León.

    - Asociación de Consumidores y Usuarios.

    - SEO Birdlife.

    - ASAJA en Castilla y León.

    - Organizaciones Empresariales en Castilla y León.

    - Cámara Oficial de Comercio e Industria de León.

    - CC.OO. Castilla y León.

    - Diputación Provincial de León.

    EXTRACTO DE LAS SUGERENCIAS PRESENTADAS AL DOCUMENTO DE INICIACIÓN

    Informe de la Dirección General del Medio Natural: Este informe considera que el Documento de Iniciación tiene en consideración la presencia de espacios de la Red Natura 2000 y también otros aspectos del medio físico de la región. No obstante, señala que sería necesaria una mayor concreción en la definición de los principales proyectos...

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