ORDEN HAC/1839/2007, de 14 de noviembre, por la que se convocan doce becas para la realización de prácticas sobre actividad estadística pública.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/1839/2007, de 14 de noviembre, por la que se convocan doce becas para la realización de prácticas sobre actividad estadística pública.

La Consejería de Hacienda tiene atribuidas entre sus competencias, tal como prevé el artículo 7.1 j) del Decreto 71/2007, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, la promoción, el impulso y el fomento de la investigación sobre metodología estadística y su desarrollo, así como la formación y perfeccionamiento profesional del personal estadístico.

En el ejercicio de estas competencias viene considerando oportuno fomentar y favorecer una formación especializada en materia de actividad estadística pública, de titulados universitarios que hayan finalizado recientemente sus estudios.

Por todo ello, mediante la presente disposición, se convoca concurso público para la adjudicación de cuatro becas para la realización de prácticas en la Dirección General de Estadística, de acuerdo con las siguientes:

BASES:

Primera. Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación, mediante concurso de méritos, de doce becas para el estudio, formación y perfeccionamiento en materia de actividad estadística pública, mediante la realización de prácticas a cargo de la Dirección General de Estadística en actividades relacionadas con la planificación de la actividad estadística pública de la Junta de Castilla y León, la elaboración y producción de estadísticas así como la difusión de las mismas.

Los becarios podrán desarrollar esta formación en la sede de la Dirección General de Estadística o en alguna de las unidades estadísticas de las distintas Consejerías. En cualquier caso, se asignará a cada becario un tutor de la Dirección General de Estadística.

Segunda. Beneficiarios.

  1. Podrán concurrir a la presente convocatoria todas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

    1. Tener cumplidos 18 años.

    2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

    3. No padecer enfermedad, ni defecto físico o psíquico que le impida el normal desarrollo de la actividad.

    4. No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

    Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del Título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Doctor.

    Tercera. Solicitudes y documentación complementaria.

  2. Las solicitudes, con los datos personales completos, claramente expresados, deberán dirigirse a la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, según modelo del Anexo I, y se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial de Castilla y León', en el Registro General de la Consejería de Hacienda, C/ José Cantalapiedra, 2, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  3. Las solicitudes...

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