Decreto 136/2003, de 27 de noviembre, por el que se establecen las normas de financiación y condiciones generales para la creación y puesta en funcionamiento de centros dirigidos a la conciliación de la vida familiar y laboral.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto

DECRETO 136/2003, de 27 de noviembre, por el que se establecen las normas de financiación y condiciones generales para la creación y puesta en funcionamiento de centros dirigidos a la conciliación de la vida familiar y laboral.

La Conciliación de la vida familiar y la vida lab o ral de los ciudadanos de Castilla y León es uno de los objetivos esenciales que la A d m i n i s t ración autonómica se ha propuesto. A través de dicha conciliación se pretende conge n i a r la incorp o ración de las mu j e res y los hombres al empleo para alcanzar las más altas cotas, junto con la decisión, desde la libert a d, de conve rt i rse en proge n it o res o tutores y constituir nu evas fa m i l i a s .

En nu e s t ra sociedad, el empleo es un bien esencial cuya consecución por p a rte de los ciudadanos debe ser facilitado por las A d m i n i s t raciones Públ i c a s , re m oviendo los obstáculos y poniendo los medios precisos. Junto a ello, t a mbién es una necesidad esencial la nat a l i d a d, que permita la reposición vital de los ciudadanos de Castilla y León, ve rd a d e ros pro t agonistas de la vida social y política.

El Decreto 292/2001, de 20 de diciembre, por el que se establecen Líneas de Ap oyo a la Familia y a la Conciliación con la vida Lab o ral en Castilla y L e ó n , ya incluía medidas que pretendían concitar ambos objetivos. En dich a n o rma se empezaron a sentar las bases de una política decidida hacia el empleo de todos y la natalidad como hechos compat i bles y conve rge n t e s , a t ravés de las líneas de ayudas para la creación y puesta en marcha de centro s que permitan la conciliación de la vida familiar y lab o ra l .

Sentadas las bases, el momento actual precisa del fi rme esfuerzo de todas las instituciones y agentes sociales. Por ello, la Junta de Castilla y León pretende definir un marco estable y dura d e ro de ayuda a las corp o raciones local e s , que permita la financiación corre s p o n s able de nu evos centro s , ya sean c e n t ros de educación pre e s c o l a r, g u a rderías u otras fórmulas similares. El o b j e t ivo es dotar nu evas plazas diri gidas a niños y niñas de 0 a 3 años, p a ra su atención asistencial y educat iva , que por otra parte faciliten a sus proge n it o res o tutores su empleo o su incorp o ración al mundo lab o ra l .

Esta n o rma pretende adecuar las dotaciones y re c u rsos a la demanda actual de plazas, por lo que se confi g u ra como un sistema permanente y no p re cl u s ivo en sus plazo s , a través del cual las entidades locales de Castilla y León pueden acompasar la petición de ayuda a la administración autonómica a la realidad y necesidades de sus mu n i c i p i o s , m a n c o munidades o prov i n c i a s .

Por otra part e, el Decreto pretende una homogeneidad en las cara c t e r í s t i c a s c o n s t ru c t ivas de los centro s , mediante el oportuno control sobre los proye ct o s , que en todo caso ga rantice la seg u ridad y accesibilidad de los menore s .

Pe ro al mismo tiempo pro c u ra no cerrar la nat u raleza de los centro s , d e j a n d o ab i e rta la iniciat iva de las corp o raciones locales solicitantes para pro p o n e r aquel que sea congruente con la demanda de su mu n i c i p i o , así como con su situación demogr á fica y ge ogr á fica. De este modo, la norma pretende tener una especial consideración con los centros y re c u rsos destinados a la at e n c i ó n de niños y niñas menores de 3 años en el ámbito ru ra l .

En su virt u d, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades y previa deliberación del Consejo de G o b ierno en su reunión de 27 de noviembre de 2003

DISPONE

Artículo 1 Objeto.

El objeto del presente Decreto es establecer las condiciones ge n e rales y regular la financiación por parte de la A d m i n i s t ración de Castilla y León de los proyectos de inve rsión en obras y equipamiento, p a ra la creación y puesta en funcionamiento de nu evos centros diri gidos a la conciliación de la vida familiar y lab o ra l , que podrán ser Centros de Educación Pre e s c o l a r, G u a rd erías y otros centros y re c u rsos diri...

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