ORDEN EYE/1795/2010, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la Organización de Ferias Comerciales.

SecciónOtras Disposiciones
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León, establece en su artículo 5 que los poderes públicos promoverán actuaciones tendentes a conseguir el desarrollo armónico y la modernización de la actividad comercial y las estructuras comerciales.

Dada la actual situación económica, la Consejería de Economía y Empleo es consciente de la necesidad de poner en marcha políticas de apoyo al sector comercial, que den respuesta a las actuales necesidades del mismo, y que contribuyan a impulsar el comercio como uno de los ejes fundamentales de la actividad económica regional.

Más concretamente, la Consejería de Economía y Empleo pretende establecer un programa de ayudas dirigido a la organización de aquellas ferias y certámenes expositivos que, por su calidad, especialización y alto grado de profesionalización, contribuyan a impulsar la actividad económica de los sectores a los que se dirigen y, por ende, del conjunto de la Comunidad.

Así, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y Empleo, aprobado mediante Orden de 26 de enero de 2009, de la Consejería de Economía y Empleo, recoge entre sus líneas de actuación, la destinada a la organización de ferias comerciales oficiales y otros certámenes expositivos.

Por otra parte, mediante la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero («B.O.C. y L.» n.º 42, de 3 de marzo de 2009), modificada mediante la Orden EYE/2292/2009, de 14 de diciembre («B.O.C. y L.» n.º 242, de 18 de diciembre de 2009), así como mediante la Orden EYE/1649/2010, de 30 de noviembre («B.O.C. y L.» n.º 237, de 10 de diciembre de 2010), se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la organización de ferias comerciales, subvenciones que tienen por objeto la financiación de las ferias comerciales que cumplan los siguientes requisitos:

  1. - Estar incluidas en el correspondiente calendario, o relación, de ferias comerciales o de certámenes expositivos de Castilla y León.

  2. - Tener una alta incidencia en la actividad económica provincial y/o regional.

    La base 7.ª de la mencionada Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, establece que «el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en estas bases se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y se iniciará mediante convocatoria aprobada por Consejero competente en materia de comercio, que será publicada en el "Boletín Oficial de Castilla y León" y en la página Web de la Junta de Castilla y León».

    Por último, se dan las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

    En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

    DISPONGO

    Primero.- Convocatoria.

    Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la organización de ferias comerciales.

    Segundo.- Financiación.

  3. - Las aplicaciones presupuestarias y las cuantías totales máximas destinadas a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria son las que a continuación se detallan:

    Ejercicio

    Aplicación

    Cuantía

    2011

    08.03.431.B01.760.A3

    600.000,00 €

    2011

    08.03.431.B01.780.B9

    250.000,00 €

  4. - La asignación del gasto efectuada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2011.

  5. - Los importes anteriormente señalados podrán variar mediante la oportuna modificación presupuestaria debidamente autorizada.

  6. - Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2011 en el momento de su entrada en vigor, serán de aplicación a la presente convocatoria.

    Tercero.- Régimen Jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 2/2006, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la organización de ferias comerciales, modificada mediante la Orden EYE/2292/2009, de 14 de diciembre, así como mediante la Orden EYE/1649/2010, de 30 de noviembre, y en la presente Orden.

    Cuarto.- Objeto.

  7. - Las presentes subvenciones tienen por objeto la financiación de los gastos de organización de las ferias comerciales que cumplan los siguientes requisitos:

  8. Estar incluidas en el correspondiente calendario, o relación, de ferias comerciales o de certámenes expositivos de Castilla y León.

  9. Tener una alta incidencia en la actividad económica provincial y/o regional, medida en términos del número y procedencia de los expositores, la naturaleza de los productos a exponer, las actividades programadas y el presupuesto.

    Quedan expresamente excluidas las ferias que sean de carácter ganadero, o mayoritariamente ganadero, así como los mercados medievales y similares, conforme tanto a la categoría en la que figuren incluidas con carácter principal en el correspondiente calendario, o relación, de ferias comerciales o de certámenes expositivos de Castilla y León, como a las características que se deduzcan de la documentación aportada junto con la solicitud de subvención.

  10. - De conformidad con lo dispuesto en el punto 2 de la base 4.ª de la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, en su redacción dada por la Orden EYE/1649/2010, de 30 de noviembre, serán susceptibles de financiación las ferias comerciales que se celebren entre el 16 de septiembre de 2010 y el 15 de septiembre de 2011, ambos inclusive, así como aquéllas que habiendo comenzado con anterioridad al 16 de septiembre de 2010, finalicen con posterioridad a dicha fecha.

    Quinto.- Beneficiarios.

  11. - Podrán acceder a las presentes subvenciones, de acuerdo con el crédito presupuestario previsto para cada tipo de beneficiario, siempre que cumplan con los requisitos exigidos y realicen las actividades previstas, las entidades recogidas en el punto 1 de la base 2.ª de la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, en su redacción dada por la Orden EYE/1649/2010, de 30 de noviembre.

  12. - Los beneficiarios de las presentes subvenciones deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma, y frente a la Seguridad Social, debiendo acreditar...

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