ORDEN EYE/2369/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la organización de ferias comerciales. (Continúa en Suplemento n.º 1

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Suplemento n.º 1 al N.º 251 Jueves, 31 de diciembre 2009 67

ORDEN EYE/2369/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la organización de ferias comerciales.

La Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León, establece en su artículo 5.º que los poderes públicos promoverán actuaciones tendentes a conseguir el desarrollo armónico y la modernización de la actividad comercial y las estructuras comerciales.

Dada la actual situación económica, la Consejería de Economía y Empleo es consciente de la necesidad de poner en marcha políticas de apoyo al sector comercial, que den respuesta a las actuales necesidades del mismo, y que contribuyan a impulsar el comercio como uno de los ejes fundamentales de la actividad económica regional.

Más concretamente, la Consejería de Economía y Empleo pretende establecer un programa de ayudas dirigido a la organización de aquellas ferias y certámenes expositivos que, por su calidad, especialización y alto grado de profesionalización, contribuyan a impulsar la actividad económica de los sectores a los que se dirigen y, por ende, del conjunto de la Comunidad.

Así, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y Empleo, aprobado mediante Orden de 26 de enero de 2009, de la Consejería de Economía y Empleo, recoge entre sus líneas de actuación, la destinada a la organización de ferias comerciales oficiales y certámenes expositivos de marcado carácter comercial.

Por otra parte, mediante la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 42, de 3 de marzo de 2009, modificada mediante la Orden EYE/2292/2009, de 14 de diciembre, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 242, de 18 de diciembre de 2009, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la organización de ferias comerciales, subvenciones que tienen por objeto la financiación de los gastos de organización de las ferias comerciales oficiales que figuren en el correspondiente Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Castilla y León, así como los gastos de organización de los certámenes expositivos de marcado carácter comercial, con una alta incidencia en la actividad económica provincial y/o regional, que figuren en la correspondiente relación de certámenes expositivos de Castilla y León.

La base 7.' de la mencionada Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, establece que 'el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en estas bases se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y se iniciará mediante convocatoria aprobada por Consejero competente en materia de comercio, que será publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' y en la página Web de la Junta de Castilla y León'.

Por último, se dan las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 3 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO Primero. Convocatoria.

Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la organización de ferias comerciales.

Segundo. Financiación.

  1. Las aplicaciones presupuestarias y las cuantías totales máximas destinadas a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria son las que a continuación se detallan:

  2. La asignación del gasto efectuada queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2010.

  3. Los importes anteriormente señalados podrán variar mediante la oportuna modificación presupuestaria debidamente autorizada.

  4. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales e la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio 2010 en el momento de su entrada en vigor, serán de aplicación a la presente convocatoria.

    Tercero. Régimen jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 2/2006, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a la organización de ferias comerciales, modificada mediante la Orden EYE/2292/2009, de 14 de diciembre, y en la presente Orden.

    Cuarto. Objeto.

  5. Las presentes subvenciones tiene el siguiente objeto:

    1. Ferias comerciales oficiales: financiación de los gastos de organización de las ferias comerciales oficiales que figuren en el correspondiente Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Castilla y León.

    2. Certámenes expositivos: financiación de los gastos de organización de los certámenes expositivos que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

    · Figurar inscritos en la correspondiente relación de certámenes expositivos de Castilla y León.

    · Tener un marcado carácter comercial.

    · Tener una alta incidencia en la actividad económica provincial y/o regional, medida en términos del n.º y procedencia de los expositores, naturaleza de los productos a exponer, actividades programas y presupuesto.

    Quedan expresamente excluidos tanto las ferias comerciales oficiales como los certámenes expositivos que sean de carácter ganadero, o mayoritariamente ganadero, así como los mercados medievales y similares, tanto de conformidad con la categoría en la que figuren incluidos bien en el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales, bien en la relación de certámenes expositivos, como cuando el citado carácter ganadero o medieval se deduzca de la documentación aportada junto con la solicitud de subvención.

  6. De conformidad con lo dispuesto en el punto 2 de la base 4.' de la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero, serán susceptibles de financiación las ferias comerciales oficiales y los certámenes expositivos que se celebren entre el 16 de septiembre de 2009 y el 15 de septiembre de 2010, ambos inclusive, así como aquéllos que habiendo comenzado con anterioridad al 16 de septiembre de 2009, finalicen con posterioridad a dicha fecha.

    Quedan expresamente excluidas las ferias comerciales oficiales y los certámenes expositivos subvencionados al amparo de la Orden EYE/526/2009, de 5 de marzo, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la Organización de Ferias Comerciales.

    Quinto. Beneficiarios.

  7. Podrán acceder a las presentes subvenciones, de acuerdo con el crédito presupuestario previsto para cada tipo de beneficiario, siempre que cumplan con los requisitos exigidos y realicen las actividades previstas, las entidades recogidas en la base 2.' de la Orden EYE/400/2009, de 24 de febrero.

  8. Los beneficiarios de las presentes subvenciones deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma, y 68 Jueves, 31 de diciembre 2009 Suplemento n.º 1 al N.º 251 frente a la Seguridad Social, debiendo acreditar este extremo mediante la aportación de la...

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