DECRETO 8/1999, de 21 de enero, por el que se acepta el desistimiento del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia) en el expediente de Modificación 1/96 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de la citada localidad, Plan Parcial Valdihuertos Norte.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 26-01-1999 Nº Boletín: 16 / 1999

DECRETO 8/1999, de 21 de enero, por el que se acepta el desistimiento del Ayuntamiento de Cuéllar (Segovia) en el expediente de Modificación 1/96 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de la citada localidad, Plan Parcial Valdihuertos Norte.

El municipio de Cuéllar cuenta con Normas Subsidiarias de ámbito municipal, cuya Revisión se aprobó por acuerdo de fecha 12 de agosto de 1996.

El Ayuntamiento promovió el expediente 1/96 de Modificación de las Normas Subsidiarias de Cuéllar, que contiene 20 modificaciones puntuales y que fue aprobado por la Comisión Provincial de Urbanismo de Segovia con fecha 4 de julio de 1997, salvo en lo que se refiere a las modificaciones n.º 1 y 2, que se entendía que estaban afectadas por el procedimiento cualificado establecido en el Art. 50 de la Ley del Suelo de 1976. En base a lo anterior el expediente relativo a ambas modificaciones fue remitido a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para su tramitación.

La modificación número 1 del citado expediente se refiere al sector Valdihuertos Norte y tiene por objeto:

Cambio del sistema de gestión de compensación a expropiación.

Se establece para el Sector la Ordenanza R2, Residencial unifamiliar en hilera, con el consiguiente aumento de densidad de vivienda a 35 viviendas por hectárea.

Se asigna la edificabilidad bruta estimada por Sectores con ordenanza R2, de 0, 800 m2/ m2.

Se suprime la localización obligatoria de la zona verde reglamentaria.

Con fecha 4 de julio de 1997, la Comisión Provincial de Urbanismo de Segovia, aprobó el Plan Parcial del Sector Vadihuertos Norte, que desarrolla las determinaciones de las Normas Subsidiarias en el ámbito del citado sector.

Con fecha 10 de agosto de 1998, el Pleno del Ayuntamiento de Cuéllar acordó por unanimidad, solicitar el desistimiento en el expediente 1/96, modificación n.º 1, por entender que no es necesario tramitar la modificación al estar aprobado el Plan Parcial.

La Junta de Castilla y León es el órgano competente para acordar el presente desistimiento de conformidad con el Art. 50 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976 en relación con el Art. 87.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y...

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