DECRETO 9/2012, de 8 de marzo, de Desconcentración de Competencias del Presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León en el Director Gerente de este Organismo.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, en su artículo 31.2 d) atribuye al Presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León la competencia para actuar como órgano de contratación de la misma, autorizar y comprometer los gastos en ejecución de su presupuesto y reconocer las obligaciones derivadas de los gastos autorizados y comprometidos.

Asimismo, el artículo 31.2 e) le faculta para suscribir acuerdos de prestación de servicios con recursos ajenos, en función de las necesidades sanitarias derivadas del Plan de Salud y una vez optimizado el uso de los recursos propios o adscritos funcionalmente.

Finalmente el artículo 31.3 determina que las funciones del Presidente podrán ser objeto de desconcentración o de delegación en el Director Gerente o en otros órganos de la Gerencia Regional de Salud.

Mediante el Decreto 1/2009, de 8 de enero, se desconcentraron competencias del Presidente de la Gerencia Regional de Salud en el Director Gerente de este Organismo Autónomo, en aras de conseguir una mayor eficacia y agilidad en la actuación administrativa.

La Ley 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2010, en su artículo 8, referido a la autorización de los contratos por la Junta de Castilla y León y su comunicación a la misma, en su apartado 1 a) sustituyó la tradicional expresión de «presupuesto» por la de «valor estimado del contrato calculado conforme a lo establecido en el artículo 76 (actual 88) de la Ley de Contratos del Sector Público» , es decir, el importe total del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido e incluidas cualquier forma de opción eventual, sus eventuales prórrogas, y el importe máximo de la totalidad de las modificaciones previstas de conformidad con el artículo 106. Dicha denominación se ha mantenido también en la última Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

Estos cambios conceptuales, unidos a la aprobación de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, conllevan la necesidad de dictar un nuevo Decreto de desconcentración de competencias con el objetivo...

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