DECRETO 86/1999, de 22 de abril, sobre desconcentración de atribuciones del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el Director General de Trabajo, en materia de Formación Profesional Ocupacional.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/1999, de 22 de abril, sobre desconcentración de atribuciones del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el Director General de Trabajo, en materia de Formación Profesional Ocupacional.

El Pleno de la Comisión Mixta de Transferencia celebrado el día 15 de diciembre de 1998, adoptó el acuerdo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Formación Profesional Ocupacional, que fue aprobado por Real Decreto 148/1999, de 29 de enero.

Con fecha 25 de febrero de 1999, la Junta de Castilla y León aprobó, el Decreto 33/1999, por el que las funciones y servicios traspasados se adscriben a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

La arrogación del ejercicio de las funciones transferidas debe estar suficientemente implícita, tanto para los órganos que han de ejecutarlas, como para conocimiento y seguridad de los administrados, por lo que se estima conveniente proceder a su delimitación mediante la presente disposición general.

Por otra parte, la nueva competencia asumida, aconseja establecer los mecanismos que faciliten una mejor y más rápida gestión del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, mediante su desconcentración en el Director General de Trabajo; materias que son propias del Consejero de Industria, Comercio y Turismo.

Por todo lo expuesto, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 22 de abril de 1999

DISPONGO Artículo único. Corresponden por desconcentración al Director General de Trabajo, las funciones y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en virtud del Real Decreto 148/1999, de 29 de enero, y que fueron atribuidas a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo por el Decreto 33/1999, de 25 de febrero.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA

Todas las menciones a órganos competentes para resolver, que se hacen en el Real Decreto 631/1993, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional y sus normas de desarrollo, han de entenderse, en todo caso, referidas a la Dirección General de Trabajo en relación con las competencias atribuidas por desconcentración en el...

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