Orden EDU/1546/2003, de 25 de noviembre, por la que convocan, para el 2004, las ayudas correspondientes a las acciones descentralizadas de la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Europea en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

resto de parámetros aplicables los definidos en la ordenanza 3.2.4.1. Edi ficación aislada y adosada en Ampliación de Casco.

X. La documentación consta de Memori a , N o rmas Urbanísticas modificadas y Planos de la modificación.

Con base en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

I. Garray se regula mediante unas Normas Subsidiarias Municipales ap robadas defi n i t ivamente en fe cha 11 de nov i e m b re de 1993, c u yo último t exto refundido fue ap robado defi n i t ivamente con fe cha 5 de marzo de 1997.

II. Simultáneamente, pero en expediente separado se está tramitando el Plan Parcial que desarrolla este Sector.

III. El presente expediente se tramita de conformidad con lo establecido en los artículos 52 a 54 y 58 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

IV. Examinado el expediente administrativo se comprueba que está formal y procedimentalmente completo y su contenido se considera completo y suficiente.

V. La Comisión Te rri t o rial de Urbanismo es competente para adoptar el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los Arts. 54.2 y 138.2.a) 2.º de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y en el Art. 2.1.a del Decreto 146/2000, de 29 de junio, por el que se regulan las Comisiones Territoriales de Urbanismo de Castilla y León.

Por lo que antecede y LEÍDA la propuesta de la Ponencia Técnica, la Comisión Territorial de Urbanismo acuerda:

· Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales (Ordenanza 3.2.4.1) P. 2-2 de Garray.

· Publicar el acuerdo y el texto de la modificación de conformidad con lo esta blecido en el Art. 61.2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

Contra el presente Acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada o cualquier otro que estime procedente el recurrente, ante el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, en el plazo de UN MES a contar a partir del día siguente a aquél en que tenga lugar la notificación en su caso, o a que se produzca la última publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' o en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Soria', según lo dispuesto en los artículos 48, 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y del Pro c e d imiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con el artículo 138.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y con el artículo 7 del Decreto 146/2000, de 29 de junio, por el que se regulan las Comisiones Territoriales de Urbanismo de Castilla y León.

El referido recurso podrá interponerse directamente ante la Consejería de Fomento, ubicada en C/ Rigoberto Cortejoso, 14 de Valladolid, o ante la Comisión Territorial de Urbanismo sita en Plaza Mariano Granados, 1 de Soria, la cual dará traslado del mismo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 114.2 de la Ley 4/1999, de 13 de enero citada.

Soria, 20 de noviembre de 2003.

El Delegado Territorial,

Fdo.: ALBERTO GAÑÁN MILLÁN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1545/2003, de 25 de noviembre, por la que se acuerda el nombramiento de miembros del Consejo de Universidades de Castilla y León.

La Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, establece en su artículo 4.º que el Consejo de Universidades de Castilla y León es el órgano colegiado de consulta y asesoramiento para la programación, ordenación y planificación universitaria, en orden a procurar la máxima coordinación académica entre las Universidades.

De conformidad con el artículo 6.º de la citada Ley, el Pleno del Consejo de Universidades de Castilla y León se integra, entre otros, por representantes de distintas organizaciones e instituciones.

Recibidas las correspondientes propuestas y designaciones, procede efectuar su nombramiento.

En su virtud, de conformidad con la normativa expuesta

RESUELVO:

Nombrar como miembros del Consejo de Universidades de Castilla y León a las siguientes personas:

  1. Representante de la Comisión de Coordinación de Ciencia y Tec nología:

    D. Juan Casado Canales.

  2. R ep resentantes de Organizaciones Empre s a riales más rep re s e n t at iva s :

    D. Antonio Primo Saiz.

    D. Javier Alonso López.

  3. Representantes de las Centrales Sindicales más representativas:

    D. Ángel Hernández Lorenzo.

    D. Fermín Carnero González.

  4. Representantes de las Cortes de Castilla y León:

    D. José Ignacio Nicolás Correa.

    D. Joaquín Díaz González.

    D. Miguel Ángel Quintanilla Fisac.

    Valladolid, 25 de noviembre de 2003.

    El Consejero,

    Fdo.: FRANCISCO JAVIER ÁLVAREZ GUISASOLA

    ORDEN EDU/1546/2003, de 25 de noviembre, por la que convocan, para el 2004, las ayudas correspondientes a las acciones descentralizadas de la segunda fase del Programa Sócrates de la Unión Europea en la Comunidad de Castilla y León.

    El Programa Sócrates es el programa de acción comunitario en materia de educación de la Unión Europea para la cooperación transnacional en el ámbito de la educación y encuentra su fundamento jurídico en los artículos 149 y 150 del Tratado de Amsterdam, según los cuales la Comunidad Europea 'contribuirá al desarrollo de la calidad de la educación por medio de la cooperación entre los Estados Miembros, y, si fuese necesario apoyando y completando su acción'.

    La segunda fase del Programa 'Sócrates' fue aprobada por Decisión 253/2000/CE del Pa rlamento Europeo y del Consejo de 24 de enero de 2000, p a ra el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciemb re de 2006.

    La Guía del Candidato, publicada por la Comisión Europea, contiene la información general sobre los procedimientos de solicitud y los criterios que habrán de ser considerados durante el proceso de selección, si bien los Estados miembros podrán aplicar cri t e rios adicionales que se adapten a las necesidades del país.

    Para garantizar la coordinación, la organización y la gestión financiera del Progra m a , se crea dentro del ámbito estatal español la A ge n c i a Nacional Sócr ates, a la cual le corresponde, en nombre de la Comisión Europea, conceder apoyos financieros mediante ayudas al profesorado y a los centros que hayan sido seleccionados por las dife rentes Comu n i d a d e s Autónomas. Asimismo, la Orden Ministerial de 27 de noviembre de 2000 e s t ablece las normas ge n e rales a que deben at e n e rse las convo c at o ri a s específicas de ayudas de las acciones descentralizadas de la segunda fase del programa Sócrates de la Unión Europea.

    En consecuencia, la Consejería de Educación procede a convocar para el 2004, las ayudas correspondientes a las acciones descentralizadas de la segunda fase del Pr ograma Sócrates de la Unión Europea en la Comunidad de Castilla y León, con arreglo a las siguientes

    BASES:

    Primera. Objeto de la convocatoria.

    1.1. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas destinadas a la participación en las siguientes acciones descentralizadas del Programa Sócr ates de la Unión Europea en la Comunidad de Castilla y León, para el período de actividad comprendido entre el 1 de junio de 2004 y el 31 de julio de 2005:

    1. COMENIUS 1:Asociaciones escolares transnacionales:

      1.1. Proyectos escolares.

      1.2. Proyectos lingüísticos.

      1.3. Proyectos de desarrollo escolar.

      Acogida de Ayudantes Lingüísticos Comenius.

    2. COMENIUS 2.2: Becas individuales de formación:

      2.2.A. Formación inicial de profesores.

      2.2.B. Ayudantes lingüísticos.

      2.2.C. Cursos de formación continua del profesorado.

    3. GRUNDTVIG:

      Grundtvig 2. Asociaciones de aprendizaje.

      Grundtvig 3. Movilidad para la formación del personal docente.

    4. OBSERVACIÓN E INNOVACIÓN:

      Visitas de estudio Arión para responsables en la toma de decisiones en materia de educación.

      1.2. Estas ayudas no podrán ser concedidas a aquellas personas que hayan sido beneficiarias de ayudas Sócrates 2.2.C, Grundtvig 3 y Visitas de Estudio Arión para realizar una actividad formativa de movilidad individual durante las tres últimas convocatorias, correspondientes a los años 2001, 2002 y 2003.

      1.3. El número de ayudas dependerá de la cantidad asignada a la Comunidad de Castilla y León para cada una de las acciones, de acuerdo con la fórmula de distribución territorial prevista en la Orden Ministerial de 27 de noviembre de 2000.

      Segunda. Características y requisitos de las acciones.

      Los requisitos, beneficiarios y características de cada una de las acciones convocadas serán las establecidas en el Anexo I de la presente Orden para la acción Comenius 1, las del Anexo II para la acción Comenius 2.2, las del Anexo III para la acción Grundtvig, y las del Anexo IV para la acción 'Observación e Innovación'.

      Tercera. Solicitudes y documentación.

      3.1. Las solicitudes se presentarán pre fe rentemente on-line, utilizando el c o rreo electrónico al que se accede desde http://www. m e c. e s / s g p e / s o c rat e s .

      No obstante, además de enviar el fo rmu l a rio electrónico deberán impri m i rse el número de copias re q u e rido del fo rmu l a rio en fo rm ato papel y pres e n t a rs e, d ebidamente fi rmadas y selladas, junto con el resto de documentación según lo previsto en las bases 3.3 y 4 de esta convo c at o ria.

      Los fo rmu l a rios de solicitud, la Guía del Candidato del Progra m a Sócrates, la Convocatoria General de Propuestas para 2004 y el Catálogo Comenius están a disposición de las personas interesadas en las Áreas de Programas Educativos de las Direcciones Provinciales de Educación y en los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa. También se pueden encontrar en las siguientes direcciones de Internet:

      http://www.mec.es/sgpe/socrates

      http://www.europa.eu.int/comm/education/socrates-es.html

      http://www.jcyl.es

      3.2. Deberá acompañar a la solicitud la documentación que para cada una de las acciones se determina en los anexos de la presente Ord e n .

      3.3. Las solicitudes, a...

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