Orden HAC/1096/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Hacienda.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/1096/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Servicios Centrales de la Consejería de Hacienda.

El Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, prevé entre las Consejerías en que se organiza la Administración de la Comunidad la Consejería de Hacienda, a la que en su artículo 4 atribuye las competencias que correspondían a la Consejería de Economía y Hacienda con excepción de las re l at ivas a política económica ge n e ral y a la programación y orientación de la actividad económica. A partir de estas previsiones el Decreto 72/2003, de 17 de julio, de estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, define sus órganos directivos centrales, manteniendo los que ya existían en la Consejería de Economía y Hacienda e introduciendo cambios en las atribuciones de la Secretaría Genera l , la Dirección General de Tri butos y Política Fi n a n c i e ra , la Dirección General de Presupuestos y Fo n d o s Comunitarios y la Tesorería General.

Pa rtiendo de esta definición y de la que respecto de la Interve n c i ó n G e n e ral de la A d m i n i s t ración de la Comunidad realiza el Decreto 208/1993, de 16 de septiembr e, es preciso determinar los órganos y unidades admi n i s t rat ivas que constituyen la organización de cada Centro Dire c t ivo y delimitar sus funciones como exige el artículo 37 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, lo que conforme a lo establecido por el artículo 45.3 de la misma Ley debe realizar el titular de la Consejería, previo informe de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial y deliberación de la Junta de Castilla y León, y que es el objeto de esta Orden.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, p revio info rme de las Consejerías de Presidencia y A d m i n i s t ración Te rri t o rial y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 28 de agosto de 2003

DISPONGO:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 12

Secretaría General

Artículo 1 Organización de la Secretaría General.

La Secretaría General para el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas por el artículo 4 del Decreto 72/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, se organiza en las siguientes unidades administrativas:

Servicio de Personal y Asuntos Generales.

Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

Servicio de Asuntos Económicos.

Asesoría Jurídica.

Intervención Delegada.

Servicio de Informática.

Servicio de Patrimonio.

Servicio de Administración de Edificios Administrativos.

Servicio de Infraestructuras y Adquisición Centralizada.

Servicio de Apoyo a la Junta Consultiva de Contratación.

Sección de Archivo Central.

Artículo 2 Servicio de Personal y Asuntos Generales.
  1. Al Servicio de Pe rsonal y Asuntos Generales competen las siguientes funciones:

    1. La gestión de las incidencias y de las variaciones individuales de la situación administrativa del personal de la Consejería.

    2. La confección y gestión de la nómina y de la Seguridad Social, así como la administración, gestión y seguimiento de los créditos en materia de personal.

    3. La elab o ración de las propuestas de resolución de los re c u rs o s administrativos y las reclamaciones previas en materia de personal.

    4. La elaboración de propuestas de convocatorias para la provisión de puestos de trabajo y de pruebas selectivas.

    5. La elaboración de las propuestas de relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones.

    6. La intervención en los procesos de negociación de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Consejería.

    7. La tramitación de las solicitudes de va c a c i o n e s , licencias y perm i s o s competencia del Secretario General y el control del cumplimiento del horario y la jornada de trabajo.

    8. La coordinación y la gestión de las tareas de formación del personal de la Consejería, de acuerdo con los criterios establecidos por la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

    9. La inspección de servicios.

    10. La organización y coordinación de los servicios de personal subalterno, conductores, teléfonos y otros servicios de carácter general.

    11. La organización, coordinación, mantenimiento y seguridad de los vehículos oficiales, medios de reprografía, almacenes e instalaciones en general de la Consejería.

    12. El ap rov i s i o n a m i e n t o , mantenimiento y re n ovación del equipamiento y material general, tanto fijo como fungible, necesario para el funcionamiento de la Consejería.

      ll) El inventario de los bienes muebles utilizados por la Consejería.

      m)El seguimiento de los gastos y la elaboración de informes sobre la gestión efectuada con vistas a la posible reducción de aquellos.

    13. La gestión del regi s t ro ge n e ral de documentos de la Oficina de información y atención al ciudadano de la Consejería.

      ñ) La cl a s i ficación y cat a l ogación de los fondos bibl i ogr á ficos y documentales de la Consejería y la información sobre los mismos.

    14. Las relativas a asuntos generales que correspondan a la Secretaría General y no estén expresamente atribuidas a otro Servicio.

  2. Pa ra el ejercicio de sus funciones cuenta con las siguientes unidades:

    1. Sección de Personal, a la que corresponde la gestión de los asuntos de personal, la elaboración de las propuestas de resolución en la materia, la gestión de los expedientes de contratación e incorporación de personal, de las nóminas y cotización a los distintos regímenes de la Seguridad Social, de las propuestas de modificaciones de las Relaciones de Puestos de Trabajo, las tareas relativas a los Planes de Fo rmación ap robados y el ap oyo al Servicio en todo asunto relacionado con la gestión de personal. Cuenta con los siguientes negociados:

      Negociado de Gestión de Personal, al que corresponde la tramitación de los expedientes correspondientes a las funciones de la Sección y el apoyo a ésta en materias propias de la gestión de personal.

      Negociado de Nóminas y Seguridad Social, al que corresponde la confección de la nómina de la Consejería, la tramitación de expedientes correspondientes a los distintos regímenes de Seguridad Social y el apoyo a la Sección de Personal en materias propias de gestión de nominas y Seguridad Social.

    2. Sección de Régimen Interior y Mantenimiento, a la que corresponde la gestión del régimen interior, inventario de bienes muebles, mantenimiento y equipamiento de la Consejería, el seguimiento y control de permisos, vacaciones y licencias autorizadas al personal y del cumplimiento de la jornada laboral, organizar las tareas de conductores, telefonistas y personal subalterno, la gestión de los asuntos re fe rentes a los trabajos de rep rografía y confección de

      Suplemento al

      publicaciones y el apoyo al Servicio, en los asuntos relacionados con el régimen interior. Cuenta con los siguientes negociados:

      N egociado de Gestión de Suministros e Inve n t a ri o , al que corresponde la tramitación de expedientes de contratos menores de compras y equipamiento mediante la elab o ración de propuestas de gasto, la actualización del inventario de bienes muebles y mantener las relaciones necesarias para la operatividad del programa que lo gestiona, el mantenimiento del almacén de material fungible y s u m i n i s t ro y control del suministro a los distintos Centros Dire c t ivo s .

      Negociado de Control de Cumplimiento Horario y Coordinac i ó n , al que corresponde la tramitación administrat iva y el archivo de la documentación.

    3. Sección de Información y Documentación, a la que corresponde la gestión del regi s t ro ge n e ral de documentos, la realización de tare a s de información y atención al ciudadano y el registro, tramitación y c o n t rol de iniciat iva s , quejas y suge rencias presentadas. Cuenta con el Negociado de Información y Registro y el Negociado de Documentación, a los que corresponde la tramitación administrativa y el archivo de la documentación relativa a los asuntos a que hace referencia su denominación.

Artículo 3 Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.

El Servicio de Eva l u a c i ó n , N o rm at iva y Procedimiento tiene a su cargo las siguientes funciones:

  1. El estudio jurídico previo a la elaboración de disposiciones generales y antepr oyectos de ley en todas las materias competencia de la Consejería.

  2. En colaboración con el centro o unidad que corresponda por razón de la materia, la redacción de los borradores y los anteproyectos de disposiciones generales y de le y.

  3. La tramitación de los proyectos de disposiciones de carácter general y anteproyectos de ley, y la preparación de los correspondientes expedientes excepto el de la de Presupuestos, para su remisión al Secretariado de la Junta.

  4. La asistencia al Secretario General para el estudio y la preparación de las reuniones de la Comisión de Secretarios Generales.

  5. La elaboración de informes sobre anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones administrativas de carácter general propuestos por otras Consejerías.

  6. La elaboración de estudios y propuestas sobre técnica normativa.

  7. La asistencia técnico-jurídica de la Consejería cuando no esté atribuida a la Asesoría Jurídica.

  8. La elaboración de las propuestas de resolución de reclamaciones por responsabilidad de la Administración, que deba resolver el titular de la Consejería, en aquellos casos en que dichas propuestas no correspondan a las Direcciones Generales.

  9. La tramitación de los procedimientos de revisión de oficio de...

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