Orden PAT/1094/2003, de 28 de agosto, por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Centros Directivos adscritos a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden
  1. DISPOSICIONES GENERALES 2 Miércoles, 3 de septiembre 2003 Suplemento al B.O.C. y L. - N.º 170

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL

ORDEN PAT / 1 0 9 4 / 2 0 0 3 , de 28 de ago s t o , por la que se desarrolla la Estructura Orgánica de los Centros Directivos adscritos a la Presi dencia de la Junta de Castilla y León.

El Decreto 2/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta, de reestructuración de Consejerías, estableció un reajuste del organigrama del ejecutivo regional, con el propósito de adaptar sus estructuras administrativas a las necesidades del momento actual.

Por su part e, y en lo concerniente a los centros dire c t ivos dire c t a m e n t e a d s c ritos a la Presidencia de la Junta de Castilla y León, el Decreto 98/2003, de 21 de ago s t o , ha venido a establecer su determinación y reg u l a c i ó n .

De conformidad con lo establecido en dicha norma, son dos los centros directivos adscritos a la Presidencia de la Junta: el Gabinete del Presidente y la Dirección de Comunicación.

Desde el punto de vista de su régimen jurídico, el Decreto citado dispone de forma expresa que los mismos dependerán funcionalmente del Presidente, sin perjuicio de su adscripción orgánica y presupuestaria a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

Partiendo de tales presupuestos, y de la determinación de las funciones que a cada uno de ellos le atribuye el Decreto citado, corresponde ahora proceder al desarrollo de dichas estructuras, al amparo de lo previsto en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, previo informe de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de G o b i e rno de la Junta de Castilla y León en su reunión de 28 de agosto de 2003

DISPONGO:

Artículo 1 º Gabinete del Presidente.

Uno. El Gabinete del Presidente se configura como el centro directivo que asume de forma directa el asesoramiento y apoyo al Presidente de la Junta de Castilla y León, c o rrespondiéndole las funciones a que se refiere el artículo 3 del Decreto 98/2003, de 21 de agosto.

Dos. Para el desempeño de dichas funciones, el Gabinete del Presidente se estructura en las siguientes unidades administrativas:

Organización y Secretaría.

Relaciones Externas.

Coordinación Técnica.

Tres. La Unidad Administrativa de Organización y Secretaría realizará las funciones siguientes:

  1. Tra m i t a c i ó n , a rch ivo y distri bución de la documentación del Gab i n e t e.

  2. Despacho de correspondencia y documentos.

  3. Gestión interna del Gabinete.

  4. Aquellas otras que le sean encomendadas por el Director del Gab i n e t e.

    C u at ro . A la Unidad A d m i n i s t rat iva de Relaciones Externas le corresponderá realizar las siguientes funciones:

  5. P rep a ración y supervisión de todas las actividades pro t o c o l a ri a s relativas a la Presidencia de la Junta de Castilla y León.

  6. Aquéllas otras que le sean encomendadas por el Director del Gab i n e t e.

    Cinco. La Unidad Administrativa de Coordinación Técnica realizará las funciones siguientes:

  7. Seguimiento de los planes, actuaciones y programas interdepartamentales de la Administración Autonómica.

  8. Elaboración de informes y análisis de utilidad para la Presidencia.

  9. Fo rmulación de iniciat ivas y propuestas de interés para la Pre s i d e n c i a .

  10. Recopilación, gestión y tratamiento...

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