ORDEN FAM/1265/2009, de 5 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades |
Rango de Ley | Orden |
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DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ORDEN FAM/1265/2009, de 5 de junio, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
El Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, regula en el Capítulo IV de su Título II, bajo el enunciado 'De la organización y régimen de personal', la estructura administrativa de este Organismo Autónomo.
Por el Decreto 82/2007, de 19 de julio, se modificó dicha estructura organizativa con el fin de adecuarla a las nuevas necesidades administrativas y sociales.
Esta modificación organizativa atiende a las nuevas competencias que conlleva el cumplimiento de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia con la consiguiente creación de nuevos órganos y unidades administrativas y la reestructuración y nueva denominación de los existentes.
También responde a la atribución a la Consejería de Interior y Justicia, en virtud del Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, de las competencias que venía ejerciendo esta Gerencia en materia de cooperación al desarrollo, así como a la reforma operada por Art. 1 del Decreto 87/2007, de 23 de agosto, que establece la dependencia orgánica de las Intervenciones Delegadas en los Organismos Autónomos respecto de la Consejería de Hacienda, a través de su Intervención General.
Por último trata de ajustarse a las demandas sociales, con el objeto de prestar un servicio público ágil y de calidad, teniendo en cuenta las necesidades actuales de los usuarios y de todos los ciudadanos.
Todo ello justifica la aprobación de la presente Orden, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Gerencia de Servicios Sociales, y que se dicta de acuerdo con la Disposición Final del Decreto 2/1998, de 8 de enero.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45.3 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo informe de las Consejerías de Administración Autonómica y de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 4 de junio de 2009
DISPONGO
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La Dirección Técnica Administrativa, con las funciones y atribuciones recogidas en el artículo 21 del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales, se estructura en las siguientes unidades administrativas:
Servicio de Administración Económica.
Servicio de Contratación.
Servicio de Tesorería.
Servicio de Evaluación, Normativa y Procedimiento.
Servicio de Informática.
Servicio de Prestaciones.
Asesoría Jurídica.
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Adscrita al titular de la Dirección Técnica Administrativa, existirá una Secretaría con nivel orgánico de Negociado.
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Al Servicio de Administración Económica le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
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La elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de la Gerencia, seguimiento e información de su ejecución y tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias que sea preciso realizar.
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El informe, propuesta y tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias que sea preciso realizar.
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La tramitación de los expedientes de generación de crédito e incorporación de remanentes que sean precisos.
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La tramitación de los expedientes de ejecución del Presupuesto de Gastos, y confección de todos los documentos contables que reflejan esta ejecución, la realización de los trámites precisos, control y seguimiento del Registro de Documentos a Pagar, así como la tramitación de todas las propuestas de pagos con cargo al presupuesto de la Gerencia de Servicios Sociales.
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La coordinación de los fondos procedentes de la Unión Europea y demás créditos de carácter finalista.
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El ejercicio de la habilitación económica.
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La tramitación de los anticipos de caja fija y de los 'pagos a justificar'.
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La elaboración de informes y propuestas relacionados con las funciones atribuidas.
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Cualquier otra función que le fuese encomendada o le viniere atribuida por vía normativa.
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Para el ejercicio de sus funciones, el Servicio de Asuntos Económicos se estructura en:
Sección de Gestión Económica, con dos Negociados.
Sección de Presupuestos con un Negociado.
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Al Servicio de Contratación le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
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La tramitación en todas su fases de los expedientes que den lugar a los contratos administrativos que celebren los órganos centrales de la Gerencia de Servicios Sociales, así como los expedientes de modificación, prórroga, reajuste de anualidades, resolución y demás incidencias que afecten a los mismos y den lugar a un acto del órgano de contratación, a propuesta de los distintos servicios de la Gerencia.
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La realización de las actuaciones que de forma coordinada se hubieran acordado por las entidades públicas intervinientes en los expedientes de contratación que afecten conjuntamente a la Gerencia de Servicios Sociales y a las distintas consejerías o a las demás entidades de la Administración institucional de la Comunidad o a los órganos de las distintas Administraciones Públicas.
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La adquisición de bienes y servicios a través de la Contratación Centralizada de los mismos, a propuesta de los distintos servicios de la Gerencia.
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La remisión de la documentación que resulte preceptiva en relación con los expedientes de su competencia al Consejo de Cuentas de Castilla y León, al Tribunal de Cuentas, al Registro Público de Contratos y a los demás órganos con competencias en la materia, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
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La coordinación de la actuación de las unidades administrativas con competencias en materia de contratos administrativos o convenios de contenido económico de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, así como la elaboración de instrucciones al respecto.
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La tramitación y la elaboración de las propuestas de resolución de las reclamaciones y recursos que pudieran suscitarse en materia de su competencia, previo informe en su caso de los servicios afectados de la Gerencia.
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Cualquier otra función que le fuese encomendada o le viniere atribuida por vía normativa.
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Para el desarrollo de sus funciones, este Servicio se estructura en las siguientes unidades administrativas:
Sección de Contratación 1, con un Negociado.
Sección de Contratación 2, con un Negociado.
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A este Servicio, en desarrollo de las funciones que se le atribuyen en el artículo 26 del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales, le corresponde:
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Como Ordenador de Pagos Delegado:
a.1) Disponer los pagos por obligaciones derivadas de la ejecución del Presupuesto de la Gerencia, por operaciones extrapresupuestarias y por devolución de ingresos indebidos; previa comprobación de la correcta expedición de las propuestas de pago y de las posibles incidencias que pudieran afectarles.
a.2) La recepción, tramitación y ejecución de las órdenes de retención y embargo dictadas por órganos judiciales o administrativos sobre cantidades acreditadas a terceros en el ámbito de la Gerencia.
a.3) Practicar retenciones o descuentos en las órdenes de pago por mandamiento de embargo, compensación de deudas, renuncias al cobro, fraccionamientos u otras operaciones de acuerdo con la normativa vigente.
a.4) Determinar el orden en que deban ejecutarse los pagos y efectuar su seguimiento una vez materializados, comprobando el cumplimiento de los plazos establecidos para su tramitación.
a.5) La tramitación y el seguimiento de los expedientes de reintegro, en los términos establecidos en la normativa vigente.
a.6) Ejecutar las actuaciones relativas al Registro de Documentos a Pagar previstas en la...
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