DECRETO 153/1996, de 6 de junio, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación derivada de la instalación de una línea aérea de media tensión a 12/20 KV, de Villandiego a Olmillos de Sasamón (Burgos). Expte.: E-2880/BU

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

E-2880/BU

La empresa distribuidora de energía eléctrica Electra de Viesgo, S.A. ha constatado la existencia de graves deficiencias en la calidad del suministro en el área geográfica del municipio de Olmillos de Sasamón (Burgos).

Para corregir las anomalías detectadas se aprobó la inclusión del proyecto referenciado dentro del Programa de Prioridades de Infraestructura Eléctrica Rural (Ejercicio 1994).

Cumplidos los trámites reglamentarios previstos en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, mediante Resolución de 17 de abril de 1995, autoriza y declara, en concreto, la utilidad pública de la instalación de la Línea Aérea de Media Tensión a 12/20 KV., de Villandiego a Olmillos de Sasamón (Burgos).

No habiendo llegado la empresa Electra de Viesgo, S.A., a un acuerdo amistoso con un afectado, y siendo necesaria la inmediata puesta en funcionamiento de la instalación interesada, en aplicación del art. 31 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, solicita la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios, para llevar a cabo la instalación de la línea eléctrica citada.

Sometido el expediente al trámite de información pública y notificación individualizada, a los efectos previstos en el art. 31.4 del mencionado Decreto, se presentan alegaciones por D. Francisco Javier Velasco García, que no se corresponden con los supuestos establecidos en los arts. 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

La urgente ocupación se haya implícita en la declaración de utilidad pública, según el artículo 53.1 de la Ley 40/1994.

Vistos los informes favorables del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos y del Servicio de Asesoría Jurídica de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en su reunión del día 6 de junio de 1996.

DISPONGO:

Artículo único

De conformidad con lo establecido en el art. 11 de la Ley 10/1966, de 18 de marzo, de expropiación forzosa y servidumbre de paso para las instalaciones de energía eléctrica...

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