Orden CYT/1577/2003 de 7 de noviembre, por la que se resuelve el concurso público para la concesión de subvenciones destinadas a realización de actividades deportivas que conforman el Programa Verano Deportivo 2003.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

1 1 / 1 9 9 4 , de 24 de marzo , de re fo rma de su Estatuto de Au t o n o m í a , a m p a r ó la pro mu l gación de dive rsas norm a s , fundamentalmente de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Fa rmacéutica de la Comunidad de Castilla y León cuyo objeto es establecer la regulación y ordenación fa rm a c é u t i c a que debe pre s t a rse a los ciudadanos en la Comunidad de Castilla y León, re spetando la legislación básica estatal contenida, e n t re otra s , en la Ley 14/1986, de 25 de ab ri l , G e n e ral de Sanidad y en la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento.

Desde este enfoque normativo, se establece que el fin fundamental de la planificación fa rmacéutica es pro c u rar a la población un acceso al medicamento ágil y rápido, con las suficientes ga rantías de control e información al usuario por ello el Art. 3 de la citada Ley de Ordenación Farmacéutica señala los niveles de la atención farmacéutica, encontrándose los botiquines en el nivel de atención primaria.

El mandato legal de acometer la regulación reg l a m e n t a ria de los botiquines prevista en el Capítulo Segundo del Título Te rc e ro de la citada Ley 1 3 / 2 0 0 1 , de 20 de diciembre, se ha llevado a cabo mediante el Decre t o 9 5 / 2 0 0 3 , de 21 de ago s t o , por el que se establece el procedimiento de autoriz a c i ó n , condiciones y régimen de funcionamiento de los Botiquines en la Comunidad de Castilla y León.

La Disposición Adicional Pri m e ra del re fe rido Decreto 95/2003 dispone que la Consejería de Sanidad en los casos de cierre de la única oficina de fa rmacia existente en un mu n i c i p i o , y siempre que tal cierre se produzca como consecuencia de lo previsto en el A rt. 21.2 de la Ley 13/2001, de Ord e n a c i ó n Fa rmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, podrá iniciar las actuaciones tendentes a la adscripción de los botiquines, una vez que se haya autorizado la instalación de la nu eva oficina de fa rmacia al fa rmacéutico adjudicat a rio que deba proceder a la cl a u s u ra de la oficina de fa rmacia de la que era t i t u l a r.

En su virtud y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Decreto 95/2003, de 21 de agosto,

ACUERDO:

P ri m e ro . Iniciar el procedimiento de autorización de un botiquín en el municipio de Va l l e d avellano de Te ra , p e rteneciente a la Zona Fa rmacéutica de S o ria Rura l , p rovincia de Sori a , por el cierre de la única oficina de fa rm a c i a de este mu n i c i p i o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR