ORDEN CYT/1145/2006, de 30 de junio, por la que se convocan plazas para deportistas jóvenes en Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2006/2007.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/1145/2006, de 30 de junio, por la que se convocan plazas para deportistas jóvenes en Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2006/2007.

La Ley 2/2003, de 28 de marzo, del Deporte en Castilla y León, establece que la Comunidad de Castilla y León apoyará y promoverá el deporte de alto nivel en su ámbito.

Con el objetivo de proporcionar a los deportistas jóvenes las mejores posibilidades para que su nivel técnico progrese, se considera necesaria la utilización de las Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para favorecer los programas técnicos que las Federaciones Deportivas y Clubes Deportivos desarrollan con dichos deportistas, sin deterioro en la continuidad de sus estudios.

En consecuencia, una vez aprobado el Decreto 2/2003, de 3 de julio de reestructuración de Consejerías y el Decreto 80/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se acuerda convocar plazas para deportistas jóvenes en Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2006-2007 con arreglo a las siguientes.

BASES:

Primera. Objeto de la convocatoria.

  1. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de plazas para deportistas jóvenes en las siguientes Residencias Deportivas de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2006-2007.

    RESIDENCIAS DEPORTIVAS:

  2. PALENCIA: Residencia 'Victorio Macho'.

  3. VALLADOLID: Residencia 'Río Esgueva'.

  4. Las plazas podrán ser de régimen de interno o externo.

  5. Los deportistas de los Centros de Tecnificación Deportiva, podrán optar a las plazas en régimen de interno o externo. Los deportistas integrantes en Selecciones y Clubes Deportivos únicamente podrán optar en régimen de interno.

  6. Los beneficiarios podrán ocupar la correspondiente Residencia desde el 15 de septiembre hasta el 30 de junio.

  7. Las plazas son exclusivas para deportistas, a excepción de las Selecciones en concentración permanente en Castilla y León, que podrán alojar también a los técnicos. Los técnicos que cumplan este requisito, realizarán su solicitud dentro del plazo establecido en esta convocatoria, directamente a la Dirección General de Deportes con el visto bueno de la Federación correspondiente.

    Segunda. Destinatarios de las plazas.

    Las plazas convocadas irán...

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