ORDEN EDU/1176/2010, de 12 de agosto, por la que se delegan en la Directora Provincial de Educación de León y en el Director Provincial de Educación de Zamora la contratación de las obras y asistencias técnicas.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

En la actualidad los Directores Provinciales de Educación tienen atribuidas, dentro de su ámbito territorial, las competencias para celebrar contratos de obras en centros docentes públicos no universitarios y edificios administrativos cuyo presupuesto no exceda de 601.012,10 euros, dentro de las programaciones que, al efecto, sean aprobadas y con los límites y las condiciones funcionales que se determinen por la Dirección General de Infraestructuras, Equipamiento y Servicios de la Consejería de Educación.

El tiempo transcurrido y el incremento de la inversión presupuestaria en edificios escolares aconsejan ampliar las competencias de contratación de los Directores Provinciales de Educación delegando en ellos las necesarias para la ejecución de determinadas obras cuyo importe supera los referidos 601.012,10 €, como ocurre con las obras a que se refiere la presente Orden.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO:

Primero.- Delegación.

1.1. Se delegan en la Directora Provincial de Educación de León las facultades que la legislación vigente atribuye al Consejero como órgano de contratación, incluidas las de aprobación del gasto, respecto de los contratos de obra y asistencia técnica necesarios para la ejecución de la siguiente obra:

* Ampliación de 4 aulas en el CEIP de Navatejera en Navatejera (León).

1.2. Se delegan en el Director Provincial de Educación de Zamora las facultades que la legislación vigente atribuye al Consejero como órgano de contratación, incluidas las de aprobación del gasto, respecto de los contratos de obra y asistencia técnica necesarios para la ejecución de la siguiente obra:

* Ampliación de 6 Uds., espacios complementarios, aulas específicas y accesibilidad

1.3. Se delega igualmente en los Directores Provinciales de Educación, antes mencionados, la facultad para resolver los recursos de reposición que puedan interponerse contra los...

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