DECRETO 54/1995, de 23 de marzo, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Parcial «Las Cigueñas» en Aldeamayor de San Martín (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 28-03-1995 Nº Boletín: 60 / 1995

DECRETO 54/1995, de 23 de marzo, por el que se aprueba definitivamente la modificación del Plan Parcial «Las Cigueñas» en Aldeamayor de San Martín (Valladolid).

El Plan Parcial «Las Cigüeñas» en Aldeamayor de San Martín (Valladolid), fue aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de Valladolid el 27 de septiembre de 1990. La presente Modificación del mismo se formula por el Ayuntamiento, a instancia de la sociedad «Golf de Aldeamayor, S.A.», propietaria mayoritaria de la superficie afectada por dicho Plan Parcial, por entender que la ordenación vigente precisa ser aceptada a la nueva situación en la demanda del suelo y a las recomendaciones de la Real Federación Española de Golf, en cuanto al diseño y configuración del campo, lo que teniendo en cuenta su situación central en el Plan Parcial vigente obliga a rediseñar el resto de los ámbitos del sector.

La Modificación se plantea con el objetivo de mantener una total congruencia con las vigentes Normas Subsidiarias, a fin de evitar la necesidad de modificarlas; de hecho, en el art. VII.4.2. de las Normas Subsidiarias de Aldeamayor de San Martín, se establece respecto del sector que «La zonificación, delimitación y organización de espacios y usos se realizará (...) dentro de la lógica imposición espacial que fijará la instalación del propio Campo de Golf».

El Plan Parcial afecta a una superficie total de 219, 14 Has. (201, 43 propiedad de la sociedad mayoritaria «Golf de Aldeamayor, S.A.»). En la ordenación vigente, el campo de golf ocupa 63, 94 Has. que en la Modificación se elevan a 67, 78 Has.

La superficie residencial vigente ocupa 84, 45 Has, que en la propuesta se elevan a 85, 16 Has; de esta superficie residencial, 62, 76 Has. eran edificables en la categoría R-1, elevándose en la propuesta a 63, 3 Has. (con capacidad para 836 viviendas) y 22, 6 Has, en R-2, que en la propuesta desciende a 21, 85 Has. (con capacidad para 1.355 viviendas); es decir, se aumenta la superficie destinada a uso residencial en 0, 71 Has., sin que se superen las 90, 4 Has. máximas permitidas por las Normas Subsidiarias. En cuanto a la edificabilidad total sobre estas superficies, el Plan Parcial vigente autoriza 505.722, 18 m.2, que la Modificación eleva a 510.936, 59 m.2; es decir, la edificabilidad total se eleva en 5.214, 41 m.2 (algo más del 1%), pero permaneciendo por debajo de los 542.400 m.2 máximos que autorizan las Normas Subsidiarias.

La superficie de «servicios privados», que ocupa 16, 99 Has., se mantiene igual que en el Plan Parcial aprobado. Las superficies de cesión docente, deportiva y social disminuyen desde las 9, 38 Has. inicialmente previstas, hasta 8, 53 Has.; no obstante, se aporta justificación de que se mantiene el cumplimiento de las condiciones del Reglamento de Planeamiento.

En cuanto al viario, las 22, 39 Has. previstas se reducen a 18, 25 Has. (de las que 2, 78 Has. corresponden a 2.555 plazas de aparcamiento).

Finalmente, los espacios libres ocupan en el Plan Parcial vigente 21, 99 Has...

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