ORDEN FOM/2098/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Estudio Informativo de la Variante de Babilafuente (Salamanca). Expte.: Clave: E.I. 1.2-SA-6.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/2098/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Estudio Informativo de la Variante de Babilafuente (Salamanca). Expte.:

Clave: E.1.2-SA-6.

Vista la Propuesta de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de fecha 22 de agosto de 2007.

Visto el Informe de la Asesoría Jurídica de fecha 14 de diciembre de 2007.

Visto el expediente del Estudio Informativo para la selección de la alternativa a adoptar para la Variante de Babilafuente (Salamanca), en el que figuran los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO 1.º) Con fecha 26 de septiembre de 2006 se aprobó provisionalmente el Estudio Informativo de la Variante de Babilafuente. Expediente Clave: E.I.1.2-SA-6.

  1. ) El 16 de octubre de 2006, fue publicado en el 'B.O.C. y L.' el anuncio de Información Pública del mencionado Estudio Informativo. La publicación en el 'B.O.P. de Salamanca' tuvo lugar el 23 de octubre de 2006.

  2. ) Dentro del plazo establecido, se han presentado las alegaciones de: Servicio Territorial de Cultura, A.D.I.F. y Ayuntamiento de Moriñigo y fuera de plazo del Ayuntamiento de Babilafuente. Ambos Ayuntamientos se muestra favorables al desarrollo de la Alternativa E-2.

  3. ) Las alegaciones recibidas junto con el Informe Funcional de las mismas, realizado por el Servicio de Planificación, Programación y Estudios de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras, en el que se informa favorablemente la Alternativa E-2 desde un punto de vista funcional, fueron remitidos a la Consejería de Medio Ambiente el 12 de febrero de 2007.

  4. ) Según Resolución de 10 de julio de 2007, la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Estudio Informativo (CLAVE: E.1.2-SA-6), publicándose la misma en el 'B.O.C. y L.' de 25 de julio de 2007. Esta D.I.A. informa favorablemente el desarrollo de la ALTERNATIVA E-2 siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en la Declaración.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Es competente el Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León para acordar la Aprobación del Expediente de Información Pública del Estudio Informativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1990 de 16 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León, y en el artículo 10.4 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, en aplicación de la Disposición Final Segunda de la mencionada Ley 2/1990.

Vistos los...

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