Decreto 138/2001, de 3 de mayo, por el que se aprueba el IV Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 138/2001, de 3 de mayo, por el que se aprueba el IV Plan Regional sobre Drogas de Castilla yLeón.

La Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia e Integración Social de Drogodependientes de Castilla y León, dispone en su artículo 29 que el Plan Regional sobre Drogas es el instrumento estraté

gico para la planificación y ordenación de las actuaciones que en materia de drogas se llevan a cabo en Castilla y León. Igualmente, la citada Ley en su artículo 31 establece que corresponde a laConsejería deSanidad y Bienestar Social la elaboración del Plan, debiendo ser aprobado por la Junta de Castilla y León.

Desde el año 1998, la Comunidad de Castilla y León ha contado con sucesivos Planes sobre Drogas, como elemento directriz fundamental de la política sobre drogas de esta Comunidad. En la elaboración de esteIV Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León se han tenido en cuenta las prioridades marcadas en la Ley 3/1994, la evaluación y la experiencia acumulada en el desarrollo de los tres Planes anteriores (Decreto 252/1988, de 29 de diciembre, Decreto 358/1991, de 26 de diciembre, y Decreto 200/1997, de 9 de octubre) y los planteamientos recogidos en la Estrategia Nacional sobre Drogas para el período 2000-2008, aprobada por Real Decreto 1911/1999, de 17 de diciembre. Asimismo, en la redacción del Plan se han incorporado propuestas de las administraciones públicas, organizaciones no gubernamentales, entidades privadas e instituciones que se encuentran vinculadas al mismo.

El contenido de este IV Plan incluye, en primer lugar, un análisis de la situación y evolución reciente del consumo de drogas en Castilla y León; describe los resultados de la evaluación del IIIPlan Regional sobre Drogas; concreta los objetivos que se propone conseguir, así como sus principios rectores, estrategias y actuaciones previstas; detalla la estructura y funcionamiento del Sistema de Asistencia e Integración Social del Drogodependiente en esta Comunidad y, finalmente, esboza las fuentes de financiación y los mecanismos de evaluación con que contará en su desarrollo.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Final Primera de la referida Ley 3/1994, previo informe favorable del Consejo Asesor en materia de Drogodependencias de Castilla y León, y a propuesta del Consejero de Sanidad y BienestarSocial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 3 de mayo de 2001

DISPONGO

Artículo 1 º Se aprueba el IV Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León, cuyos contenidos, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 3/1994, de 29 de marzo, de Prevención, Asistencia eIntegración Social de Drogodependientes de Castilla y León, se recogen en el Anexo I al presente Decreto.
Artículo 2 º El IV Plan Regional sobre Drogas de Castilla y León estará en vigor en el período comprendido entre los años 2001 y 2004, siendo vinculante para todas las Administraciones Públicas y entidades privadas e instituciones que desarrollen actuaciones en materia de drogodependencias en Castilla y León.
Artículo 3 º Los objetivos, actuaciones y demás contenidos del IV Plan Regional sobre Drogas deberán ser actualizados, con las modificaciones o ampliaciones que en su caso proceda, de acuerdo con los resultados obtenidos de su seguimiento y evaluación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Queda derogado el Decreto 200/1997, de 9 de octubre, por el que fue aprobado el III Plan Sectorial sobre Drogas de Castilla y León.
DISPOSICIONES FINALES Primera Se autoriza al Consejero de Sanidad y Bienestar Social para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto.

Segunda. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el 'Boletín Oficial deCastilla y León'.

Valladolid, 3 de mayo de 2001.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO El Consejero de Sanidad y Bienestar Social,

Fdo.: CARLOS FERNÁNDEZ CARRIEDO ANEXO I IV PLAN REGIONAL SOBRE DROGAS DE CASTILLA Y LEÓN CAPÍTULO I Análisis de la situación Desde la aprobación del III Plan Regional sobre Drogas en 1997, el consumo de sustancias psicoactivas en Castilla y León, un fenómeno eminentemente dinámico y cambiante, ha experimentado algunas variaciones significativas. De forma muy esquemática, esta evolución se puede sintetizar en un panorama de estabilidad y bajos niveles de consumo de drogas ilegales en comparación con los promedios nacionales, una tendencia decreciente sostenida en el consumo de tabaco y un aumento del consumo de bebidas alcohólicas, especialmente entre las mujeres y los grupos de edad más joven.

Otro hecho destacable es que se aprecia cada vez de forma más clara una tendencia a la equiparación de los consumos de drogas entre ambos sexos.La convergencia de patrones de consumo empezó con el tabaco hace más de 10 años y ha continuado con el alcohol, con una aproximación especialmente acusada entre 1997 y 2000, y las drogas ilegales, entre las que el mayor acercamiento se ha producido en las drogas de síntesis.

Este fenómeno es más evidente en edades jóvenes, con la salvedad del tabaco, que como empezó antes, ya alcanza hasta los 40 años de edad.

BEBIDAS ALCOHÓLICAS El consumo habitual de bebidas alcohólicas es un comportamiento muy frecuente entre los habitantes de la Comunidad...

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