DECRETO 20/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el III Plan General de Juventud de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyDecreto

El artículo 48 de la Constitución Española contiene un mandato genérico dirigido a los poderes públicos en orden a promover las condiciones que hagan posible la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural. Asimismo, el artículo 16, apartado 12.º, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que recoge los principios rectores que deben orientar las actuaciones de las políticas públicas, establece que los poderes públicos de Castilla y León deben promover y adoptar las medidas necesarias para garantizar la plena integración de los jóvenes en la vida pública y en la sociedad, facilitando su autonomía, en especial mediante al acceso a la formación, el empleo y la vivienda.

Con la intención de realizar un proceso de transparencia informativa y participativa, a la vez que de dar una respuesta eficaz a las exigencias demandadas por los jóvenes de nuestra Comunidad, la Junta de Castilla y León adoptó, con fecha de 5 de octubre de 2000, el Acuerdo por el que se aprobaron las líneas directrices para la elaboración del I Plan General de Juventud de Castilla y León, que, como su propio texto indica, se configuró como el instrumento básico de la política de juventud de la Junta de Castilla y León en esta materia. Este hecho constituyó un importante avance en la estructuración de la política de juventud de la Comunidad Autónoma que se configuró como actuación transversal y coordinada de medidas a los jóvenes, contando en todo momento con la participación de los agentes implicados en dicho proceso.

Basado en el referido Acuerdo, la Junta de Castilla y León aprobó mediante el Decreto 129/2001, de 26 de abril, el I Plan General de Juventud de la Comunidad de Castilla y León que, estructurado en seis planes sectoriales, recogía las intervenciones más significativas en el ámbito de la juventud. De entre todas ellas fue de especial relevancia, la elaboración y aprobación de un proyecto de Ley de Juventud de Castilla y León.

Aprobada la Ley 11/2002, de10 de julio, de Juventud de Castilla y León, uno de los mandatos recogidos en la misma fue la aprobación por parte de la Junta de Castilla y León de un Plan General de Juventud para cada legislatura, así como de Planes Provinciales, Comarcales y Municipales de Juventud por parte de las Entidades Locales competentes que, dentro de su autonomía, establecerán las acciones que para cada período legislativo consideren más relevantes.

Por Decreto 100/2004, de 9 de septiembre, se aprobó el II Plan General de Juventud

Este proceso de planificación requerido por la normativa vigente, exige a las Administraciones Públicas la colaboración permanente de los representantes de los jóvenes agrupados en torno a los distintos Consejos de la Juventud, así como de los distintos agentes intervinientes en los procesos más significativos y demandados por los propios jóvenes.

En el presente Plan se recoge la estrategia y las acciones de la Junta de Castilla y León en relación con aquellas políticas que más directamente inciden sobre los jóvenes. Atendiendo a lo previsto en el artículo 3.4 de la citada Ley 11/2002 de Juventud, referido a planificación y programación de actuaciones, se han incluido acciones dirigidas al colectivo juvenil que, si bien, se corresponden con el año 2008, se consideran imprescindibles para dotar al plan del carácter global e integrador que requieren las actuaciones dirigidas a los jóvenes de la Comunidad de Castilla y León para el presente período legislativo.

Las acciones establecidas lo han sido previendo que las mismas irán dirigidas en exclusiva o mayoritariamente al sector juvenil, es decir, tanto a los residentes, como a los transeúntes y a los jóvenes castellanos y leoneses residentes en el extranjero. Las acciones que se integran en esta planificación no constituyen, en todo caso, una relación cerrada de acciones para este período.

Con carácter general, los criterios de exclusión de acciones que afectando a los jóvenes no han sido incluidas, pueden centrarse en los siguientes aspectos:

● Acciones directamente vinculadas a la educación formal, es decir, todas aquellas que conducen a la obtención de una titulación académica o profesional.

● Acciones que encuentran su correspondencia con funciones de los órganos u organismos de la Administración que hayan sido atribuidas mediante la correspondiente normativa.

● Acciones derivadas de la actividad habitual de los órganos u organismos de la

Administración. ● Acciones cuyos destinatarios no sean mayoritariamente jóvenes.

A la luz de la estructura desarrollada en la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, el III Plan General de Juventud establece un marco organizativo basado en tres áreas de intervención:

● El área de promoción juvenil, que engloba básicamente las medidas desarrolladas desde el órgano competente en materia de juventud.

● El área de emancipación y transversalidad, que aglutina una parte significativa de las medidas destinadas a los jóvenes desde distintas Consejerías de la Junta de Castilla y León.

● El área de colaboración institucional, que recoge aquellos programas que se desarrollan desde la Junta de Castilla y León relacionados con otras Administraciones Públicas o Instituciones.

Estas áreas se organizan en torno a programas y proyectos, que se corresponden con las distintas medidas que hacen del III Plan General de Juventud un instrumento operativo de compromiso y ejecución de carácter integral.

El III Plan General de Juventud se completa con unas medidas de acompañamiento normativo que tratan de facilitar la aplicación y operatividad del mismo, manifestando una decidida voluntad de hacer de la política de juventud un instrumento valioso en el proceso permanente de construcción de la Comunidad de Castilla y León.

Cabe reseñar como un avance importante en el presente Plan General de Juventud, la incorporación al proceso de su elaboración de distintos entes y organizaciones sociales, como son, entre otros, la Federación Regional de Municipios y Provincias, el Consejo Escolar, el Consejo Universitario o la Asociación de jóvenes empresarios, que junto con la participación de las entidades locales han formulado sugerencias y propuestas de coordinación de acciones confluentes, lo que consolida una planificación más real, participativa y adaptada a la realidad. Esta colaboración, centrada en las distintas acciones que conforman el III Plan General de Juventud, podrá tener también su reflejo en acuerdos orientados a coordinar y optimizar recursos tanto personales como materiales.

De las distintas propuestas recibidas por otras Administraciones Públicas o por entidades que han participado en el mismo, se han incluido en el Plan aquellas que pueden ser asumidas por la Administración Autonómica, mientras que de las que...

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