DECRETO 56/2015, de 27 de agosto, por el que se regula la gestión de los créditos presupuestarios del ejercicio 2015 afectados por la reestructuración de consejerías.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha supuesto una nueva organización departamental que afecta a las Consejerías de la Presidencia, de Economía y Hacienda, de Empleo y de Fomento y Medio Ambiente.

Esta nueva organización y distribución de competencias, que reflejan los decretos que establecen la estructura orgánica de las distintas consejerías en que se organiza la Administración de la Comunidad de Castilla y León, no se corresponde con la clasificación orgánica de los Presupuestos Generales de la misma para 2015. Realizar modificaciones en esta última resultaría lento y dificultoso lo que en parte podría producir una paralización en la gestión que el interés general aconseja evitar.

Por ello, resulta necesario establecer normas que faciliten su gestión hasta el final del presente ejercicio sin modificar dicha clasificación, al amparo de las atribuciones de la Junta de Castilla y León previstas en el artículo 13 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de agosto de 2015

DISPONE:

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular la gestión de los créditos presupuestarios del ejercicio 2015, afectados por la reestructuración de consejerías, hasta la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2016, así como su liquidación y la información sobre su ejecución.

Artículo 2 Gestión presupuestaria y control interno.
  1. La competencia atribuida en el artículo 124.2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, a las correspondientes consejerías, se entenderá referida, respecto de los subprogramas relacionados en los Anexos I y II de este decreto, a los titulares de las consejerías o presidentes de los organismos autónomos que en los mismos figuran bajo el epígrafe de nuevo órgano gestor, siempre y cuando se efectúen dentro de la misma sección

    presupuestaria prevista en la Ley 11/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2015, y se mantengan en la misma consejería.

    No obstante, cuando las transferencias de crédito a que se refiere el párrafo anterior afecten a alguno de los...

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