DECRETO 3/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se atribuyen determinadas funciones a la Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

El artículo 23 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León señala que los Vicepresidentes ejercerán las funciones que les sean atribuidas normativamente y las que el Presidente o la Junta les encomienden.

En su virtud,

DISPONGO Artículo único. Atribución de funciones. 1.- La Vicepresidenta de la Junta de Castilla y León, además de las funciones que le corresponden por ley, ejercerá las siguientes:

  1. La coordinación de la acción del Gobierno y en especial la correspondiente al área social que gestionan las consejerías prestadoras de los servicios públicos esenciales.

  2. El impulso, fomento y coordinación del diálogo social con los representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

  3. El impuso del diálogo con los representantes de los trabajadores autónomos. d) El impulso y la coordinación de la Agenda para la Población. e) La dirección política y la coordinación de las Delegaciones Territoriales. f) La presidencia de la Comisión General de Coordinación Territorial. 2.- Asimismo, corresponderá a la Vicepresidenta proponer a la Junta de Castilla y León el nombramiento y separación de los Delegados Territoriales, así como, en su caso, determinar su suplencia de conformidad con lo previsto en el artículo 49.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPOSICIÓN FINAL Única Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 7 de julio de 2015. El Presidente,

Fdo.: J uan V icente H errera c ampo

http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979...

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