DECRETO 28/2017, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el título I, capítulo VI, sección tercera regula las enseñanzas artísticas superiores, entre las cuales están los estudios superiores de Música.

El artículo 107.3 de dicha ley establece que corresponde a las Comunidades Autónomas regular la organización de los centros que ofrezcan algunas de las enseñanzas artísticas superiores. Asimismo, el artículo 118.6 determina que corresponde a las Administraciones educativas regular la participación en los centros que impartan enseñanzas artísticas superiores de acuerdo con la normativa básica que establezca el Gobierno.

El artículo 73.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

Por su parte, el Decreto 23/2014, de 12 de junio, establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, al cual deben acogerse todos los reglamentos orgánicos referidos a los mencionados centros.

El único centro de Castilla y León en el que se imparten enseñanzas artísticas superiores de Música es el Conservatorio Superior de Música de Castilla y León, cuyo reglamento orgánico actual es el establecido en el Decreto 65/2005, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros que imparten Enseñanzas Escolares de Régimen Especial. Este decreto, sin embargo, está basado en la antigua Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, derogada por la actual Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y no menciona las enseñanzas de Máster entre las enseñanzas artísticas, que se han implantado en el Conservatorio Superior de Música de Castilla y León en el curso 2016-2017.

Además, en desarrollo del Decreto 65/2005, de 15 de septiembre, se publicaron diversas órdenes que regulan la organización y funcionamiento de todos los centros púbicos que imparten enseñanzas de régimen especial en Castilla y León, salvo del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León. Esto ha supuesto que, supletoriamente, le haya sido de aplicación la Orden EDU/1188/2005, de 21 de septiembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de los conservatorios profesionales de música de Castilla y León. Sin embargo, estos centros son muy diferentes tanto en lo relativo al tipo de

enseñanzas que imparten, como al alumnado que cursa los estudios y, por ende, a su

forma de organización y funcionamiento.

Por otra parte, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha supuesto para las enseñanzas artísticas superiores el comienzo de la creación de un marco normativo acorde con el denominado Espacio Europeo de Educación Superior, cuyo objetivo principal es el establecimiento de una serie de preceptos comunes en el ámbito de la enseñanza superior que favorezcan y faciliten la movilidad tanto de estudiantes como de titulados y profesionales en Europa.

Desde entonces, en España se han continuado dando pasos en este sentido, con el desarrollo de algunas normas por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, como el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, y, en el ámbito de la educación musical, el Real Decreto 631/2010, de 14 de mayo, por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León en esta misma línea y en desarrollo de las normas anteriormente citadas, publicó el Decreto 57/2011, de 15 de septiembre, por el que se establece el Plan de Estudios de las Especialidades de Composición, Interpretación y Musicología, de las Enseñanzas Artísticas Superiores de Grado en Música en la Comunidad de Castilla y León.

Todo lo anteriormente expuesto justifica la necesidad, la proporcionalidad y la eficacia de esta iniciativa normativa, que pretende dotar al Conservatorio Superior de Música de Castilla y León, como único centro de la Comunidad que imparte enseñanzas artísticas superiores de Música, de un reglamento orgánico adecuado a sus propias características y acorde con la ley de educación actual, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

El presente decreto dota al Conservatorio Superior de Música de Castilla y León de un reglamento orgánico acorde con su condición de centro incluido en el Espacio Europeo de Educación Superior, dando respuesta a las necesidades derivadas de dicha condición que hasta ahora no estaban resueltas y justificando, dentro del contexto anteriormente descrito, el cumplimiento del principio de seguridad jurídica de esta iniciativa normativa.

Este decreto no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y cumple con el principio de eficiencia en la racionalización de la gestión de los recursos públicos, por cuanto dichos recursos se ven únicamente incrementados en lo referente a la incorporación de la figura del jefe de estudios de máster, siendo esta imprescindible para asegurar una buena gestión de estos estudios de nueva implantación.

En la elaboración de este decreto se ha contado con la participación del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León. Asimismo, se han llevado a cabo todos los procesos recogidos en la normativa vigente para dar cumplimiento al principio de transparencia, tales como su publicación en el Portal de Gobierno Abierto para dar cabida a la participación ciudadana, consulta del Consejo Escolar de Castilla y León y negociación ante la Mesa Sectorial de Personal Docente de los Centros Públicos no Universitarios.

Como ya se ha mencionado, el artículo 107.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, otorga a las Comunidades Autónomas la competencia de regular la organización de los centros que ofrezcan algunas de las enseñanzas artísticas superiores, y el artículo 73.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal.

En el proceso de elaboración de este decreto se ha recabado dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla y León, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de septiembre de 2017

DISPONE

Artículo único Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento Orgánico del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León, cuyo texto se incluye a continuación.

DISPOSICIONES FINALES Artículos 1 a 20

Primera. Desarrollo normativo.

Se faculta al titular de la consejería competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para la interpretación, aplicación y desarrollo de lo dispuesto en este decreto.

Segunda. Régimen supletorio.

En todo lo no dispuesto en este decreto se aplicará con carácter supletorio el Decreto 65/2005, de 15 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros que imparten Enseñanzas Escolares de Régimen Especial.

Tercera. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 14 de septiembre de 2017.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: J uan V icente H errera c ampo

El Consejero de Educación,

Fdo.: F ernando r ey m artínez

REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA DE CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I Artículos 1 y 2

Disposiciones de carácter general

Artículo 1 Naturaleza del Conservatorio Superior de Música de Castilla y León y enseñanzas que se pueden impartir.
  1. El Conservatorio Superior de Música de Castilla y León es un centro público dependiente de la consejería competente en materia de educación en el que se imparten enseñanzas artísticas superiores de Música conducentes a la obtención del Título Superior de Música y al Título de Máster en Enseñanzas Artísticas.

    Asimismo, se podrían impartir enseñanzas de doctorado, previa suscripción del correspondiente convenio con las universidades, según establece el artículo 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

  2. Por orden del consejero competente en materia de educación podrán modificarse las enseñanzas, especialidades e itinerarios académicos, en función de la planificación de las mismas.

  3. La consejería competente en materia de educación podrá modificar el nombre de este centro, a propuesta del Consejo de centro del Conservatorio.

Artículo 2 Órganos de gobierno y órganos de participación en el gobierno y funcionamiento del centro.
  1. Los órganos de gobierno son: el equipo directivo, como órgano colegiado; y el director, el jefe de estudios, los jefes de estudios adjuntos y el secretario, como órganos unipersonales.

  2. Los órganos de participación en el gobierno y funcionamiento del centro serán el Claustro de profesores y el Consejo de centro.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 8

Órganos de gobierno

Artículo 3 Equipo directivo.
  1. El equipo directivo será el órgano...

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