DECRETO 21/2015, de 12 de marzo, de traspaso de servicios de la Diputación Provincial de León a la Comunidad de Castilla y León, en materia de asistencia psiquiátrica.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, inició la reforma sanitaria con la construcción del Sistema Nacional de Salud, concebido como el conjunto de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas debidamente coordinados.

La Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, ya derogada, creó, bajo la responsabilidad de la Administración de la Comunidad Autónoma, el Sistema de Salud de Castilla y León, que comprende el conjunto de actividades, servicios y recursos de la propia Comunidad Autónoma, Diputaciones y Ayuntamientos, dirigidos a hacer efectivo el derecho a la protección de la salud.

Así mismo la Ley 1/1993, de 6 de abril preveía, la incorporación paulatina al Sistema de Salud de Castilla y León de los servicios y establecimientos sanitarios de que disponen, prestan y financian las Corporaciones Locales.

La Comunidad Autónoma asume la competencia exclusiva, sin perjuicio de las facultades reservadas al Estado, en materia de sanidad y salud pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 del Estatuto de Autonomía.

Por ello, la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, define el Sistema Público de Salud de Castilla y León como el conjunto de actuaciones y recursos públicos de la Administración sanitaria de la Comunidad Autónoma y de las Corporaciones Locales, cuya finalidad es la promoción y la protección de la salud en todos sus ámbitos, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria y la rehabilitación, todo ello bajo una perspectiva de asistencia sanitaria integral.

El artículo 27 de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, establece que la Gerencia Regional de Salud, como institución sanitaria, para el mejor logro de sus fines, dispondrá e integrará los centros y servicios sanitarios procedentes de las Corporaciones Locales adscritos a la Comunidad de Castilla y León.

La Diputación Provincial de León tiene suscrito un convenio desde el año 1991 con la Junta de Castilla y León, por el que ésta última se obligaba a prestar la primera asistencia a los pacientes internados en aquel momento en el hospital «Santa Isabel» a cambio de precio, prestando así la Diputación los servicios psiquiátricos que le correspondían en virtud de los dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases del Régimen Local.

El Tribunal Supremo en las Sentencias de 9 de julio de 2001 y de 15 de julio de 2003, ha manifestado que la Diputación Provincial de León está obligada a prestar esos servicios, incluidos los de naturaleza sanitaria, mientras no se produzca la transferencia definitiva de los mismos.

Mediante la Orden HAC/447/2013, de 6 de junio, se crea la Comisión Mixta de la Comunidad de Castilla y León y la Diputación Provincial de León para la integración en la Administración de la Comunidad Autónoma de los servicios sanitarios que actualmente presta la Diputación Provincial de León.

Finalmente, la citada Comisión Mixta, el 3 de julio de 2014, adoptó el Acuerdo por el que se eleva a la Diputación Provincial de León y a la Junta de Castilla y León la Propuesta de Transferencia para la integración en la Administración de la Comunidad de Castilla y León de los servicios sanitarios que actualmente presta la Diputación Provincial de León.

En virtud de la normativa expuesta, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Sanidad, y previa deliberación del Consejo...

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