DECRETO 269/1989, de 16 de noviembre de Evaluación de Impacto Ambiental.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 21-11-1989 Nº Boletín: 223 / 1989

DECRETO 269/1989, de 16 de noviembre de Evaluación de Impacto Ambiental.

La Directiva 85/377/CEE, aprobada por el Consejo de las Comunidades Europeas el 27 de junio de 1985, institucionaliza la técnica de las evaluaciones de impacto ambiental, como el instrumento más adecuado para la preservación de los recursos naturales y la defensa del medio ambiente.

Esta técnica singular, que introduce la variable ambiental en la toma de decisiones sobre los proyectos con incidencia importante en el medio ambiente, se ha venido manifestando como la forma más eficaz para evitar los atentados a la naturaleza, proporcionando una mayor fiabilidad y confianza a las decisiones que deban adoptarse, al poder elegir, entre las diferentes alternativas posibles, aquella que mejor salvaguarde los intereses generales desde una perspectiva global e integrada y teniendo en cuenta todos los efectos derivados de la actividad proyectada.

La incorporación al ordenamiento jurídico interno Español de la citada Directiva se produjo mediante el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio de evaluación de impacto ambiental, desarrollado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento.

En ambos textos se recoge la existencia, en los planos Estatal y Autonómico, dentro de sus respectivas competencias, de un órgano administrativo de medio ambiente específicamente encargado de la evaluación medioambiental y de la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental.

Por Decreto 57/1989, de 13 de abril, la Junta de Castilla y León creó la Comisión para el Medio Ambiente, configurándola como órgano básico competente para la evaluación y la formulación de la Declaración de Impacto Ambiental, siendo su órgano ejecutivo la extinta Dirección General de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, dando cumplimiento, de esta forma, a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio.

Creada la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y atribuídas a la misma, todas las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma en materia de Medio Ambiente, según se recoge en el artículo 4a) del Decreto 90/1989, de 31 de mayo, procede que asuma también en el ámbito de Castilla y León las funciones del órgano administrativo de medio ambiente, a que se refiere el Reglamento de evaluación de impacto ambiental.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio ambiente y Ordenación del Territorio, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 16 de noviembre de 1989,

DISPONGO:

Artículo 1 º- La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, es el órgano...

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