ORDEN AYG/689/2009, de 16 de marzo, por la que se convocan, para el curso 2008/2009, ayudas para cursar enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y para la realización de prácticas en empresas.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/689/2009, de 16 de marzo, por la que se convocan, para el curso 2008/2009, ayudas para cursar enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y para la realización de prácticas en empresas.

Con el fin de posibilitar el acceso y continuidad de las enseñanzas de formación profesional de las familias agraria e industria alimentaria u otras enseñanzas regladas con módulos formativos eminentemente agrarios o agroalimentarios, impartidos en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por Orden AYG/447/2009, de 18 de febrero ('B.O.C. y L.' n.º 46 de 9 de marzo de 2009) publicó la Orden de bases reguladoras de la concesión de ayudas para cursar enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y para la realización de prácticas en empresas, según lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

Una formación profesional agraria y agroalimentaria de calidad exige el desarrollo de actividades de experimentación, ensayo y demostración, así como la innovación técnica en las distintas fases de los procesos productivos, lo que implica unas necesidades de medios humanos y materiales muy importantes y costosos a los que se debe acceder en igualdad de condiciones independientemente del lugar de residencia de los destinatarios de esta formación especializada.

El apoyo al desarrollo profesional de la población dedicada a actividades agrarias y agroalimentarias a través de la implantación de actividades formativas y de actualización técnica y empresarial, es imprescindible para el fomento de iniciativas empresariales viables y generadoras de rentas en el medio rural que constituyan un factor dinamizador y contribuya eficazmente al desarrollo de su entramado social y empresarial, a la diversificación y mejora de la actividad agraria y, en consecuencia, a la estabilidad económica y social dentro de un verdadero desarrollo rural.

A la vista de estas consideraciones previas, se considera fundamental apoyar el acceso a la formación y actualización técnica y empresarial de los profesionales y jóvenes del sector rural, mediante creación de ayudas destinadas a sufragar los gastos de material didáctico, alojamiento, manutención, desplazamiento y realización de prácticas en empresas.

El presente régimen de ayudas está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones 2009-2011, aprobado por Orden de 21 de enero de 2009, de la Consejería de Agricultura y Ganadería.

En base al artículo 4.4. del Decreto 83/1996, de 28 de marzo, por el que se desconcentran atribuciones de la Consejería de Agricultura y Ganadería en los Delegados Territoriales de la Junta de Castilla y León, los Delegados Territoriales tramitarán y resolverán las solicitudes de las becas, dentro de los créditos asignados a cada provincia. Para el ejercicio de la citada competencia se efectuarán las correspondientes desconcentraciones de crédito.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003 antes citada, en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO Primero. Aplicación presupuestaria.

Las ayudas para cursar enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y para la realización de prácticas en empresas, se concederán con cargo a la estructura presupuestaria 0302 G/322C01/48068/0 (P.2009/458) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2009 por un importe de trescientos diez mil euros (310.000 ).

Segundo. Objeto de la subvención.

La presente Orden tiene por objeto convocar ayudas, destinadas a los alumnos que cursen, durante el curso 2008/2009, enseñanzas regladas de formación profesional agraria y agroalimentaria, en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería y, prácticas en empresas en el año 2009.

Tercero. Condiciones y finalidad de la concesión de la ayuda.

Las ayudas convocadas en la presente Orden tienen como finalidad la compensación económica de los gastos generados por los alumnos al cursar alguna de las enseñanzas regladas de formación profesional que se imparten en los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

Cuarto. Actividades subvencionables.

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las que a continuación se relacionan:

  1. Cursar alguna de las modalidades de enseñanza reglada impartida por los Centros de formación agraria dependientes de la Consejería de Agricultura y Ganadería durante el curso académico correspondiente.

  2. Cursar las prácticas en empresas (módulos de formación en centros de trabajo) durante el curso académico correspondiente.

    Quinto. Gastos subvencionables.

    1. Se consideran gastos subvencionables los que se relacionan a continuación:

  3. Alojamiento y manutención: Los gastos derivados de la residencia y comida del alumno durante el curso fuera del domicilio familiar.

  4. Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado): Los gastos ocasionados por la comida del alumno fuera de su domicilio.

  5. Desplazamiento (sólo alumnos en externado): Los gastos ocasionados por el transporte diario durante el curso y en función de la distancia del domicilio del alumno al centro docente.

  6. Material escolar y de prácticas.

  7. Prácticas en empresas: Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención durante los días de estancia en la empresa o explotación agraria.

    1. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) sólo será subvencionable cuando no sea susceptible de compensación o recuperación.

    2. Los gastos subvencionables podrán realizarse desde el inicio hasta el fin del curso escolar del año en que se publique la convocatoria.

    3. Sólo podrá considerarse gasto realizado aquel que efectivamente haya sido pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.

      Sexto. Cuantía máxima de las ayudas.

    4. La ayuda podrá comprender uno o varios de los siguientes conceptos y en las cuantías máximas que se indican:

  8. Alojamiento y manutención: Ayuda para los gastos derivados de la residencia y comida del alumno durante el curso fuera del domicilio familiar, 1.200 por curso.

  9. Manutención sin alojamiento (sólo alumnos en externado): Ayuda para pagar los gastos ocasionados por la comida del alumno fuera de su domicilio, 500 por curso.

  10. Desplazamiento (sólo alumnos en externado): Ayuda para gastos ocasionados por el transporte diario durante el curso y en función de la distancia del domicilio del alumno al centro docente:

    Hasta 10 Km.: 125 por beneficiario y por curso.

    A partir de 10 Km.: 6 /Km. hasta un máximo de 500 por beneficiario y por curso.

  11. Material escolar y de prácticas: 100 por alumno y por curso. Los alumnos matriculados en los programas de cualificación profesional inicial y en los ciclos de grado medio y superior que justifiquen mediante factura original la adquisición de un equipo de trabajo para la realización de prácticas, podrán obtener una ayuda complementaria de 100 una sola vez por Ciclo formativo.

  12. Prácticas en empresas (Módulo de formación en centros de trabajo):

    Ayuda destinada a sufragar los gastos de...

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