Decreto 90/2003, de 31 de julio, por el que se establece el currículo correspondiente al Título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyDecreto

Suplemento al N.º 151 Miércoles, 6 de agosto 2003 267

DECR E TO 90/2003, de 31 de julio, por el que se establece el curr í c u l o c o rrespondiente al Título de Técnico Superior en Desarrollo de Ap l i c a ciones Info rmáticas en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 35.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero y reformado por las Leyes Orgánicas 11/1994, de 24 de marzo y 4/1999, de 8 de enero, atribuye a la Comunidad de Castilla y León la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con el derecho a la educación que todos los ciudadanos tienen, según lo esta blecido en el artículo 27 de la Constitución Española y las leyes orgánicas que lo desarrollan.

La Ley Orgánica 5/200 2 , de 19 de junio, de las cualificaciones y de la Fo rmación Pro fe s i o n a l , tiene por objeto la ordenación de un sistema integra l de fo rmación pro fe s i o n a l , c u a l i ficaciones y acre d i t a c i o n e s , que responda con e ficacia y tra n s p a rencia a las demandas sociales y económicas a través de las d ive rsas modalidades fo rm at iva s .

El artículo 8 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación establece que el Gobierno fijará las enseñanzas comunes que constituyen los elementos básicos del curr í c u l o , con el fin de ga ra ntizar una fo rmación común a todos los alumnos y la validez de los títulos c o rre s p o n d i e n t e s , m i e n t ras que las administraciones educat ivas competentes e s t ablecerán el currículo de los distintos nive l e s , e t ap a s , c i cl o s , grados y modalidades del sistema educat ivo , que deberá incluir las enseñanzas comunes en sus propios térm i n o s .

El Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo, fija las directrices generales sobre títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de Formación Profesional. El Real Decreto 777/1998, de 30 de abril...

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