ORDEN EDU/1159/2011, de 5 de septiembre, por la que se nombran funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados y por la que se aprueba la relación de aspirantes que han adquirido una nueva especialidad en las pruebas de ingreso y adquisición de nuevas especialidades convocadas por la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril.
Sección | III - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
La base 10.1 de la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo, establece que mediante Orden de la Consejería de Educación se procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados que no estén exentos de la realización de la fase de prácticas o que, estando exentos, hayan optado por incorporarse a las mismas.
Por otro lado, a tenor de lo establecido en la base 20.3 de dicha Orden corresponde a la Consejería de Educación hacer pública la relación de aspirantes declarados aptos en el proceso de adquisición de nuevas especialidades con indicación de la nueva especialidad adquirida.
Una vez publicada la Resolución de 26 de julio de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se anuncia la fecha de exposición por las Comisiones de Selección y por los Tribunales correspondientes, de las listas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestros y de los declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado Cuerpo, convocados por la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, finalizado el plazo de interposición de recursos a las precitadas listas, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de Administración de la Comunidad de Castilla y León,
RESUELVO
Primero.- Nombramiento de funcionarios en prácticas.
1.1. Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, que figuran relacionados en el Anexo I relacionados por orden de puntuación, con asignación del Número de Registro Personal, indicación de la especialidad por la que accedieron y provincia a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.
1.2. El citado orden de puntuación será tenido en cuenta a efectos de su primera participación en el próximo concurso de traslados al que están obligados a concurrir con carácter forzoso.
Segundo.- Aplazamiento de la fase de prácticas.
2.1. Declarar en situación de aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas en el curso escolar 2011/2012, a los aspirantes indicados en el Anexo I.
2.2. Estos aspirantes serán nombrados funcionarios de carrera con efectos 1 de septiembre del siguiente curso escolar en el que finalicen, con la valoración de aptos, la fase de prácticas.
Tercero.- Opción de percepción de remuneraciones.
Los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y concurso, se encuentren prestando servicios remunerados en la Administración como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral deberán formular ante la Dirección Provincial de Educación a la que hayan sido destinados, opción por la percepción de las remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en la base 9.3 de la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril.
Cuarto.- Declaración de incompatibilidad.
Los aspirantes que sean nombrados funcionarios en prácticas a través de la presente Orden deberán presentar declaración de no encontrarse incursos en alguna de las causas de incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administraciones Públicas y en el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Quinto.- Interrupción de las prácticas.
5.1. Aquellos funcionarios en prácticas que como consecuencia de situaciones excepcionales sobrevenidas deban interrumpir su realización, podrán solicitar su interrupción ante la Dirección Provincial de Educación correspondiente, la cual recabará los informes oportunos al respecto y elevará a la Dirección General de Recursos Humanos propuesta de resolución.
5.2. En el supuesto de que la interrupción sea concedida, a los aspirantes afectados les será de aplicación lo dispuesto en el apartado 2.2 de la presente Orden.
Sexto.- Efectos del nombramiento.
Con carácter general, el nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2011 y económicos desde la fecha de toma de posesión.
Séptimo.- Renuncias al proceso selectivo.
7.1. A tenor de lo dispuesto en la base 10.1 de la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, quienes no se incorporen al destino adjudicado el 1 de septiembre de 2011 se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, teniéndoles por decaídos de todos los derechos
al nombramiento de funcionarios en prácticas, salvo en los casos de aplazamiento y de fuerza mayor, debidamente acreditados y apreciados por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
7.2. De conformidad con lo establecido en la base 8.5 de la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, y los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se aceptan las renuncias a los procesos selectivos convocados por la citada Orden de los aspirantes relacionados en el Anexo II, perdiendo en consecuencia todos los derechos derivados de estos procesos selectivos.
7.3. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura total de las plazas convocadas, y en cumplimiento de los plazos establecidos en el Título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a la revisión de los actos en vía administrativa, se procederá a incluir a los aspirantes que resulten aptos por estimación de recurso administrativo y a aquellos que según su puntuación global, sigan en orden a los seleccionados en dicho proceso conforme a las listas hechas públicas por las correspondientes Comisiones de Selección.
Octavo.- Régimen Jurídico.
Desde el momento del nombramiento de funcionarios en prácticas hasta el nombramiento como funcionarios de carrera, el régimen jurídico-administrativo de los aspirantes seleccionados será el de funcionarios en prácticas.
Noveno.- Adquisición de las nuevas especialidades.
9.1. Declarar aptos en el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Maestros a los aspirantes relacionados en el Anexo III con indicación de la nueva especialidad adquirida.
9.2. De acuerdo con la base 20.4 de la Orden ADM/358/2011, de 1 de abril, estos aspirantes están exentos de la fase de prácticas.
9.3. Asimismo, la adquisición de una nueva especialidad no supone la pérdida de la anterior o anteriores que pudieran poseer. Quienes tengan adquirida más de una especialidad podrán acceder a plazas correspondientes a cualquiera de ellas, a través de los mecanismos establecidos para la provisión de puestos de trabajo de funcionarios docentes del Cuerpo de Maestros.
9.4. La Consejería de Educación expedirá la correspondiente credencial de asignación de nueva especialidad, procediéndose a su anotación en el Registro General de Personal.
Décimo.- Desarrollo.
Se faculta al titular de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación para dictar las instrucciones oportunas de interpretación y ejecución de la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de conformidad con los artículos 10.1 a), 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Valladolid, 5 de septiembre de 2011.
El Consejero,
Fdo.: J uan J osé M ateos o tero
RELACIÓN DE FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS
NRP DE PRÁCTICAS
APELLIDOS Y NOMBRE
ESPECIALIDAD
PUNTUACIÓN
PROVINCIA DE PRÁCTICAS
OBSERVACIONES
1680435513S0597
URCHAGA RUBIO, ANA ISABEL
EDUCACIÓN PRIMARIA
9,8502
SORIA
1240499624S0597
BOTAS RUIBAL, MICHELLE
EDUCACIÓN INFANTIL
9,7276
VALLADOLID
5286526446S0597
FRESNO SANCHEZ-TORIL, BEATRIZ
EDUCACIÓN PRIMARIA
9,6960
SEGOVIA
7141112268S0597
PEREZ PEREZ, MAMELY
EDUCACIÓN INFANTIL
9,6730
ZAMORA
1312764824S0597
POZA ORTEGA, M. JESUS
EDUCACIÓN INFANTIL
9,6551
BURGOS
0810165635S0597
MIÑANA HIDALGO, M. TERESA
PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA
9,5966
SALAMANCA
7087652235S0597
CABEZAS DIAZ, CAROLINA
PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA
9,5916
SALAMANCA
1018884157S0597
GONZALEZ MARTINEZ, M. MONTSERRAT
EDUCACIÓN INFANTIL
9,5891
LEON
1276266235S0597
PISA PESCADOR, FIDELA DE LA
EDUCACIÓN INFANTIL
9,4517
PALENCIA
1194627557S0597
CRESPO GONZALEZ, FRANCISCO JAVIER
EDUCACIÓN PRIMARIA
9,4370
ZAMORA
7256860657S0597
MORENO PASCUAL, M.CARMEN
EDUCACIÓN INFANTIL
9,4074
SORIA
5073029135S0597
RUIZ MARTIN-PEÑASCO, CARMEN
EDUCACIÓN INFANTIL
9,3646
SEGOVIA
0938956202S0597
VAZQUEZ DE LA FUENTE, AIDA
EDUCACIÓN INFANTIL
9,3588
SALAMANCA
0979491213S0597
ROMERO GARCIA, MONICA ANGELES
MÚSICA
9,3502
LEON
7080478968S0597
JIMENEZ MATEOS, MATIAS
EDUCACIÓN INFANTIL
9,3378
AVILA
1274840224S0597
GONZALEZ ANTOLIN, LUZ MARIA
PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA
9,3121
PALENCIA
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