ORDEN FAM/436/2009, de 16 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la elección de miembros de las Comisiones Coordinadoras Autonómicas adscritas al Instituto de la Juventud de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/436/2009, de 16 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la elección de miembros de las Comisiones Coordinadoras Autonómicas adscritas al Instituto de la Juventud de Castilla y León.

La Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, constituye el marco normativo donde se recogen los principios, bases y criterios que deben regir la planificación y programación de las actuaciones en materia de juventud. Dicha norma establece en su Título III las líneas de promoción juvenil, definiéndolas como ejes transversales de intervención de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en mate ria de juventud, cuyo desarrollo reglamentario se realizó por el Decreto 117/2003, de 9 de octubre.

El citado Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León, prevé la creación de las Comisiones Coordinadoras Autonómicas de Formación Juvenil, Información Juvenil e Instalaciones juveniles, configurándolas como órganos colegiados de consulta, participación, información y coordinación en el ámbito de juventud.

La composición de dichas Comisiones Coordinadoras Autonómicas se configura con la participación de miembros natos, en atención al cargo o puesto de trabajo que desempeñan en la Administración de la Comunidad de Castilla y León y miembros electos, cuya designación le corresponde al titular de la Consejería competente en materia de juventud entre representantes de los diversos agentes, tanto públicos como privados, que intervienen en los ámbitos de formación, información e instalaciones juveniles.

En función de la diversidad de miembros que integran dichos órganos colegiados, se considera oportuno regular el procedimiento de elección de aquellos miembros de las distintas Comisiones Coordinadoras Autonómicas que no tiene la condición de natos, estableciendo la composición de la mesa electoral que va a controlar la transparencia del proceso, así como la duración y cese del mandato de los miembros electos, todo ello en aras de asegurar la máxima participación de los sectores implicados, al objeto de garantizar un procedimiento eficiente de elección de representantes.

En consecuencia, en ejercicio de las funciones atribuidas a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y al Instituto de la Juventud de Castilla y León, organismo autónomo creado por Ley 3/2006, de 25 de mayo y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR