DECRETO 77/1993 de 7 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara Bien de Interés Cultural con categoría de monumento a favor del Convento de Santa Clara, en Aguilar de Campoo (Palencia).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 13-04-1993 Nº Boletín: 68 / 1993

DECRETO 77/1993 de 7 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara Bien de Interés Cultural con categoría de monumento a favor del Convento de Santa Clara, en Aguilar de Campoo (Palencia).

La Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 26 de noviembre de 1991, incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoria de monumento el Convento de Santa Clara, en Aguilar de Campoo (Palencia).

De conformidad con lo establecido en el art. 1º. y 2º. del Decreto 87/1991, de 22 de abril de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el órgano competente para la Resolución de expedientes en materia de Bien de Interés Cultural de competencia de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Cultura y Turismo ha propuesto declarar Bien de Interés Cultural dicho inmueble con la categoria de monumento y a tal efecto ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, Real Decreto 111/1986, Decreto 87/1991, de 22 de abril de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, visto el Informe de la Asesoria Juridica de esta Consejeria, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del dia 7 de abril de 1993.

DISPONGO:

Articulo 1º Se declara Bien de Interés Cultural con categoria de monumento, el Convento de Santa Clara, en Aguilar de Campoo (Palencia).

Art. 2º. - La delimitación del entorno afectado por la declaración comprende:

AI Norte: el eje del ramal Norte del rio Pisuerga desde el puente de la antigua carretera de Palencia a Santander hasta el limite Este.

Al Este: una linea Norte-Sur superpuesta al muro que rodea las huertas en la zona Este del conjunto, desde el eje del rio hasta la Reguera.

Al Sur: la Reguera situada al Sur del conjunto desde el limite Este hasta el punto en que se encuentra con la Reguera perpendicular a ella, una linea en sentido Norte-Sur desde el punto anterior hasta el eje del camino situado al Sur...

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