DECRETO 97/2000, de 4 de mayo, por el que se constituye, por segregación, el Colegio Oficial de Decoradores de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 97/2000, de 4 de mayo, por el que se constituye, por segrega ción, el Colegio Oficial deDecoradores de Castilla y León.

La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre y 7/1997, de 14 de abril, prevé en su artículo 4, apartado 2.º que la segregación de Colegios Profesionales de la misma profesión será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos Estatutos, y requerirá la aprobación por Decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados.

La Junta de Gobierno del Colegio Nacional Sindical de Decoradores, en sesión celebrada el 18 de diciembre de 1981, adoptó acuerdo, ratificado por la Asamblea General de Colegiados, de proceder a la transformación del Colegio Nacional mediante su segregación en Colegios Autónomos coincidentes con los territorios de las Comunidades Autónomas. En virtud de ello, la Asamblea General, en sesión celebrada el día 13 de abril de 1982, aprobó la constitución de la Delegación Territorial de Castilla y León y en sesión del día 18 de mayo de 1996, acordó segregar de dicho Colegio Nacional la Delegación Territorial de Castilla y León, para constituir el Colegio Oficial de Decoradores de Castilla y León. En fecha 3 de septiembre de 1999, la Delegación Territorial del citado Colegio, reunida en Junta General aprobó proponer a la Administración Autonómica la creación del Colegio en Castilla y León por segregación del Colegio Nacional.

De acuerdo con lo expuesto, se considera justificada la solicitud promovida por dicha Delegación Territorial del Colegio Oficial para la creación, por segregación, del Colegio Oficial de Decoradores de Castilla y León.

Corresponde ahora a nuestra Comunidad Autónoma autorizar la constitución del Colegio Oficial de Decoradores de Castilla y León.

Por Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas, se ampliaron las competencias de nuestra Comunidad Autónoma, asumiendo, entre otras, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de Corporaciones de Derecho Público representativas de intereses económicos y profesionales. Dicho traspaso quedó materializado para nuestra Comunidad Autónoma y respecto a los Colegios Profesionales por el Real Decreto 2166/1993, de 10 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de...

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